Resolución N° 286/13/1000
Nro de Expediente:
5220-014195-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/4/2013


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 14,8410, a la empresa Elisko S.A., responsable del local destinado a Hotel de Alta Rotatividad, ubicado en Robinson No. 3372.-

Montevideo, 18 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Hotel de Alta Rotatividad, ubicado en Robinson No. 3372, responsabilidad de la empresa Elisko S.A., RUT 21 2663430012;
        RESULTANDO: 1o.) que por Acta A No. 23529, de 6/3/13, se intimó a la presentación de la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, en un plazo de 5 días;
        2o.) que el Sector Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 14,8410, por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo al Decreto Nº 22.010, de 14 de noviembre de 1984 y al amparo del Régimen Punitivo vigente, Decreto Nº 21.626, de 23 de abril de 1984;
        3o.) que el 9/4/13, la Sub Dirección (I) del Servicio Central de Inspección General, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;

        3o.) que la


        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con 8410/10.000), a la empresa Elisko S.A., RUT 21 2663430012, responsable del local destinado a Hotel de Alta Rotatividad, ubicado en Robinson No. 3372, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio D, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 11 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-