Resolución N° 230/22/1000
Nro de Expediente:
2021-5220-98-000188
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
29/4/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la empresa Pergada SRL, por la existencia para la comercialización de mercadería vencida, en el local ubicado en Av. Alfredo Arocena No. 1978 bis.-

Montevideo, 29 de Abril de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en la Av. Alfredo Arocena No. 1978 bis, responsabilidad de la empresa Pergada SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató la existencia para la comercialización de mercadería vencida, labrándose el Acta No. 37984, de 31/1/21;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental se otorgó vista a efectos de la formulación de descargos;
        3o.) que el estudio de los descargos insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso, no siendo de recibo los presentados;
        4o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere aplicar una multa de UR 54 de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto No. 315/994 (Reglamento Bromatológico Nacional), el Art. D.895, inciso f) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto y en el Art. 4, apartado A), numeral 3, inciso f) del Régimen Punitivo Departamental (Decreto No. 21.626);
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo al Decreto No. 34.134 de 12/04/12 y la Resolución No. 2287/13 de 03/06/13;
        2o.) que por la Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Pergada SRL, RUT 214869440015, responsable del local ubicado en Av. Alfredo Arocena No. 1978 bis, con domicilio en la Av. Alfredo Arocena No. 1978 bis (domicilio electrónico: gestori.suestudio @gmail.com), por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio E, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 8 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-