Resolución N° 755/14/1000
Nro de Expediente:
5220-038414-14
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/10/2014


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se deja sin efecto sin efecto las Resoluciones Nos. 547/14/1000 y 549/14/1000 de 29 de julio de 2014, por las cuales se aplicaron multas de U.R. 15 a la empresa Hotel Crillón, responsable del local destinado a Hotel, ubicado en Andes 1318.-

Montevideo, 13 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: que por Resoluciones Nos. 547/14/1000 y 549/14/1000 de 29 de julio de 2014, se aplicaron multas de U.R. 15 a la empresa Hotel Crillón, RUT 21 025530013, responsable del local destinado a Hotel, ubicado en Andes 1318, por incumplimiento a lo intimado en Acta A No. 30098 al no presentar documentación que habilite su funcionamiento (Servicio de Regulación Alimentaria) y por SIME (Aire Acondicionado);
        RESULTANDO: 1o.) que el 1º de setiembre de 2014 el Sector de Hoteles, Pensiones, Inquilinatos y Afines del Servicio Central de Inspección General, señala que el 5/8/14 se presentó la final válida del referido establecimiento hasta el 9/4/19 de los registros de documentación por Regulación Alimentaria y se encontraba con la documentación válida hasta el 9/5/14 (final) por "Equipos de Aire Acondicionado" por lo que el interesado informa que desde la fecha final fueron retirados los equipos de aire;
        2o.) que el 12/7/14, la Sub Dirección (I) del referido Servicio eleva las actuaciones para gestionar el dictado de resolución dejando sin efecto la sanción impuesta;
        CONSIDERANDO: que procede proveer de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nos. 547/14/1000 y 549/14/1000 de 29 de julio de 2014, por las cuales se aplicaron multas de U.R. 15 (Unidades Reajustables quince) a la empresa Hotel Crillón, RUT 21 025530013, responsable del local destinado a Hotel, ubicado en Andes 1318, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección
        General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-