Resolución N° 237/21/1000
Nro de Expediente:
2020-5229-98-002834
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
20/5/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la empresa Nicolás Cinco SRL, responsable del establecimiento denominado Supermercado Manjares, que gira en el rubro de panadería, autoservice, rotisería, fiambrería, confitería, ubicado en Br. Manuel Herrera y Obes No. 4514, esquina Juan Molina.-

Montevideo, 20 de Mayo de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento denominado Supermercado Manjares, que gira en el rubro de panadería, autoservice, rotisería, fiambrería, confitería, ubicado en Br. Manuel Herrera y Obes No. 4514, esquina Juan Molina, responsabilidad de la empresa Nicolás Cinco SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo pudo comprobar la comercialización de mercaderías vencidas mediante acta de constatación de infracción No. 37268 de 2/9/20;
        2o.) que la mencionada empresa infringió lo dispuesto en el Decreto No. 315/094 (Reglamento Bromatológico Nacional) y el Art. D.895, Inc. f) del Volumen VI "Higiene y Asistencia Social" del Digesto Departamental;
        3o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        4o.) que en tal sentido el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 54 de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4, Ap. A), Num. 3, Inc. f) del Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/20 se delegó en la Secretaria General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Nicolás Cinco SRL, RUT 21 4211910018, responsable del establecimiento denominado Supermercado Manjares que gira en el rubro de panadería, autoservice, rotisería, fiambrería, confitería, ubicado en Br. Manuel Herrera y Obes No. 4514, esquina Juan Molina, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio A, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No.14 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-