Resolución N° 356/22/1000
Nro de Expediente:
2016-3220-98-000728
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
14/6/2022


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el establecimiento destinado a estacionamiento ubicado en la calle Solís No. 1571, propiedad de la empresa Solís SRL.-

Montevideo, 14 de Junio de 2022.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a estacionamiento ubicado en la calle Solís No. 1571, propiedad de la empresa Solís SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2 solicita la clausura del referido local por carecer de la habilitación de Locales Comerciales e Industriales;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Volumen II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el Municipio B remite las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución de clausura;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4241/20 de 1/12/20 se delegó en la Secretaria General las facultades de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su
        funcionamiento;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el establecimiento destinado a estacionamiento ubicado en la calle Solís No. 1571, propiedad de la empresa Solís SRL, RUT 214228740013, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio de Convivencia Departamental, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar retomar la actividad comercial de referencia, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Centro Comunal Zonal N.º 2, al Servicio de Convivencia Departamental (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Municipio B a sus efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-