Resolución N° 221/21/1000
Nro de Expediente:
2021-5229-98-000706
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/5/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la empresa NUEVA ESTRELLA LTDA, responsable del local comercial ubicado en la calle Orsini Bertani No. 5154, por falta de higiene en todo el local comercial.-

Montevideo, 18 de Mayo de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa NUEVA ESTRELLA LTDA, con domicilio en la calle Orsini Bertani No. 5154, (domicilio electrónico: florenzo@adinet.com.uy), responsable del local comercial ubicado en la calle Orsini Bertani No. 5154, que desarrolla los giros panadería, confitería, fiambrería, venta de lácteos y productos envasados;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que mediante Acta Constatación de Infracción Nº 40279 de 24/02/21, comprobó la falta de higiene en todo el local comercial, infringiendo lo dispuesto en el Artículo D.894, Lit. A), del Volumen VI “Higiene y Asistencia Social” del Digesto Departamental;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental a efectos de la formulación de descargos, no siendo éstos presentados;
        3o.) que en tal sentido el mencionado Servicio sugiere la aplicación de una multa de UR 54 de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 4, apartado A), num. 2, inc. a), del Régimen Punitivo Departamental (Decreto N° 21.626);
        4o.) que la Prosecretaría eleva las actuaciones para el dictado de la correspondiente resolución sancionatoria;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa NUEVA ESTRELLA LTDA, RUT 213583450010, con domicilio en la calle Orsini Bertani No. 5154, (domicilio electrónico: florenzo@adinet.com.uy), responsable del local comercial con igual domicilio, que desarrolla los giros panadería, confitería, fiambrería, venta de lácteos y productos envasados, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio D, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 11, de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ING. AGR. OLGA OTEGUI, Secretaria General.-