Resolución N° 78/16/1000
Nro de Expediente:
5220-049770-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/1/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 20 a la firma Talabarteria la Cuadra SRL, responsable del local ubicado en Maldonado 1251.-

Montevideo, 28 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local ubicado en Maldonado 1251, responsabilidad de la firma Talabarteria la Cuadra SRL, RUT 21 2724190011;
        RESULTANDO: 1o.) que mediante formulario 300696, de 9/10/15, el Servicio Central de Inspección General solicitó la presentación de la Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios;
        2o.) que el referido Servicio, sugiere la aplicación de una multa de UR 20 por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 24 del Decreto No. 21.626 y el Art. 14 del Decreto No. 32.160;
        3o.) que el 26 de diciembre de 2015 y el 20 de enero de 2016 el precitado Servicio y la Prosecretaría General remiten las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 20 (Unidades Reajustables veinte) a la firma Talabarteria la Cuadra SRL, RUT 21 2724190011, responsable del local ubicado en Maldonado 1251, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.

CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-