Resolución N° 134/22/1000
Nro de Expediente:
2022-5227-98-000051
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
8/3/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a Lotus Flower SRL, responsable del establecimiento denominado Rusty Burguer House, ubicado en la calle Juan Benito Blanco No. 648, por desacato o resistencia a la inspección.-

Montevideo, 8 de Marzo de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local denominado Rusty Burguer House, ubicado en la calle Juan Benito Blanco No. 648, Responsabilidad de Lotus Flower SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informó que personal inspectivo constató la falta de permiso para su funcionamiento, labrándose el Acta No. 14655 de 15/12/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el artículo R.69 del Vol. II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que en tal sentido el precitado Servicio solicita aplicar una multa de UR 54, por transgredir lo dispuesto por el artículo D.2771 (De los Espectáculos Públicos, Volumen XIII del Digesto Departamental), de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 21.626 de 11/4/1984, con la redacción dada por el Decreto No. 37.641 de 07 de enero de 2021, inciso B);
        4o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto No. 34.134 de 12/4/12 y la Resolución No. 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por la Resolución No. 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la empresa Lotus Flower SRL, RUT 217872590019, domicilio fiscal en Av, Gral Rivera No. 7016, responsable del local denominado Rusty Burguer House, ubicado en la calle Juan Benito Blanco No. 648, por los motivos indicados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese a los Municipios CH y E, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nos. 5 y 8 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-