Resolución N° 174/17/1000
Nro de Expediente:
2017-9079-98-000164
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
20/3/2017


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el local destinado a pub ubicado en Convención 1239, responsabilidad del Sr. Martín Sobrero.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a pub ubicado en Convención 1239, responsabilidad del Sr. Martín Sobrero, CI 2.507.850-9;
        RESULTANDO: 1o.) que el 15/3/17 el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas informa que según inspección de 11/3/17, se pudo comprobar altos niveles medidos en la casa del denunciante y el local carece de habilitaciones;
        2o.) que estudiado el descargo presentado por el denunciado no propone ninguna solución acústica viable, por lo cual sugiere la clausura del local hasta que lo condicione acústicamente y presente las habilitaciones correspondientes para funcionar;
        3o.) que el 17/3/17 el Servicio Central de Inspección General eleva las actuaciones para su consideración;
        4o.) que el 17/3/17 la Prosecretaría General expresa su conformidad a la clausura solicitada;
        CONSIDERANDO: que por Resolución N° 3245/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el local destinado a pub ubicado en Convención 1239, siendo responsable el Sr. Martín Sobrero, CI 2.507-850-9, hasta que lo condicione acústicamente y presente las habilitaciones correspondientes para funcionar.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado, que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1, de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, y pase al Servicio Central de Inspección General (Unidad Clausuras) para la notificación correspondiente y demás efectos.-

FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-