Resolución N° 67/15/5500
Nro de Expediente:
9591-000755-15
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
8/4/2015


Tema:
MULTA ANÁLISIS REGULACIÓN ALIMENTARIA

Resumen:
Se dispone la aplicación de una multa de 26 UR a PRISMA ALIMENTOS & CÍA S.A. por haberse detectado salmonella en muestras de distintas tartas.

Montevideo, 8 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de muestras de torta pascualina, de choclo, de zapallito, de ensalada rusa y de tallarines con tuco el 15 de diciembre de 2014 del establecimiento destinado a supermercado propiedad de PRISMA ALIMENTOS & CÍA. S.A., R.U.T. 213.328.120.019 sito en la Avda. Gral. Flores No. 3327, cuyo responsable legal es el señor Miguel Ángel Pino Lorenzo, C.I. 1.155.711-5, con igual domicilio a los efectos legales (Acta No. 108336);
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que de acuerdo con el resultado de los análisis microbiológicos Nos. 120573, 120574, 120575, 120576 y 120577 practicados sobre los mencionados productos, presentaban clasificación fuera de condiciones reglamentarias, por presencia de salmonella;
        2o.) que el citado Servicio atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar una multa de U.R. 26 por infringir lo dispuesto en el Art. D. 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96;
        3o.) que con fecha 9/II/15 se otorgó vista a la interesada que el 11/02/15 presenta escrito manifestando haber realizado correcciones en su elaboración y solicita no se apliquen multas;
        4o.) que el 18/03/15 la Abogada Asesora del Servicio de Regulación Alimentaria expresa que lo alegado no lo exime de las sanciones que corresponde aplicar;
        5.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.092/10, de 12/VII/10 la señora Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55,
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 26 (Unidades Reajustables veintiséis) a la empresa PRISMA ALIMENTOS & CÍA. S.A., R.U.T. 213.328.120.019 propietaria del establecimiento destinado a supermercado, sito en Avda. Gral. Flores No. 3327, cuyo responsable legal es el señor Miguel Ángel Pino Lorenzo, C.I. 1.155.711-5, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el Art. D 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96.-
        2.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para la notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-