Resolución N° 52/08/5500
Nro de Expediente:
9593-006545-06 9590-000716-08
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
15/4/2008


Tema:
LEVANTAMIENTO DE CLAUSURA

Resumen:
Se dispone levantamiento (provisorio) de clausura de Panificadora Melilla SRL de Cno. Las Chircas No. 2110.-

Montevideo, 15 de Abril de 2008.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 49/08/5500 de 04/03/08, se dispuso la clausura del establecimiento destinado a Panificadora, propiedad de Panificadora Melilla SRL, sita en Cno. Las Chircas No. 2110 por comprobarse la existencia de varias irregularidades;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección de 10 de abril de 2008 pudo constatarse que: a) se limpió la cuadra y los equipos, procediéndose a pulir paredes y cielos rasos; b) se colocó agua caliente; c) el alero lateral está libre y sin uso, no hay mercadería; y d) se pintó el cuarto de harina y rallado;
        2o.) que asimismo surge que quedaron pendientes de realizar, en zonas donde no afecta la elaboración, los siguientes trabajos: a) reparación de vidrio en ventana al alero; b) reparación de cierre de tronera y cierre de puerta ralladora; c) retiro o acondicionamiento de una galletera y una amasora en desuso; d) eliminación de soportes de llaves eléctricas en paredes y e) reparación de rajadura en piso contra la pared de entrada;
        3o.) que el Sector Inspección y Tecnología Alimentaria estima que el local reúne las condiciones para reiniciar sus actividades, por lo que sugiere se disponga el levantamiento de la sanción dispuesta, condicionado a que en un plazo de 20 días se proceda a finalizar con el acondicionamiento del local;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Salud se expresa de conformidad;
        2o.) que por




        Resolución No. 3.670/05, de 15/VIII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en esta Dirección General la facultad de autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido cuando existieran razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental en vigencia, debidamente constatadas, una vez eliminadas las circunstancias que ameritaron la medida;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Rehabilitar, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución, el funcionamiento del establecimiento destinado a Panificadora, propiedad de Panificadora Melilla SRL sito en Cno. Las Chircas No. 2110, condicionado a que en el plazo de 20 (veinte) días se culminen las tareas de acondicionamiento del local.-
        2.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

DR. FELIX GONZALEZ, Director General del Departamento de Desarrollo Social.-