Resolución N° 367/14/5500
Nro de Expediente:
5220-057527-14
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
12/11/2014


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se dispone el levantamiento de la clausura del local destinado a depósito ubicado en la Avda. Gral. Rondeau No. 2377/89, dispuesta por el Servicio Central de Inspección General y convalidada por Resolución No. 357/14/5500, de 06/11/2014.-

Montevideo, 12 de Noviembre de 2014.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 357/14/5500, de fecha 06/IX/14, se dispuso convalidar la clausura del establecimiento destinado a depósito, ubicado en la Avda. Gral. Rondeau No. 2377/89, propiedad de JOSÉ ALDAO S.A., RUT No. 210002990016;
        RESULTANDO: 1o.) que el 5/XI/14 se procedió a intervenir mercadería almacenada en el sector del depósito con acceso por el No. de puerta 2389;
        2o.) que asimismo se constata que existen dos sectores claramente diferenciados y separados por puerta de metal con candado que los separa: el que tiene acceso por el No. 2377 se encuentra en correcto estado edilicio y de higiene y la mercadería existente no reviste particularidades y b) el que se accede por el No. 2389 presenta falta de mantenimiento, higiene y orden en general;
        3o.) que a fs. 21 luce nota presentada por la empresa José Aldao S.A. en la que expresa que parte del local con ingreso por la Avda. Gral. Rondeau No. 2389 es utilizado por la firma DOMINAL/AROMACOS, por lo cual solicita el levantamiento de la clausura dispuesta al depósito con ingreso por la Avda. Gral. Rondeau No. 2377;
        4o.) que la Directora (I) del Sector Inspección y Tecnología Alimentaria informa que al haberse clausurado la comunicación directa que existía entre ambos locales y poder funcionar ambos en forma independiente, podría accederse a lo solicitado y levantar la clausura del local con ingreso por la Avda. Gral. Rondeau No. 2377;
        5o.) el Servicio de Regulación Alimentaria solicita el levantamiento de la clausura del local con ingreso por el No. 2377 de la Avda. Gral. Rondeau;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3.080/10, de 12/VIII/10, la señora Intendenta delegó en esta Dirección General la facultad de autorizar la rehabilitación de los establecimientos cuyo funcionamiento hubiera sido impedido por razones urgentes de salubridad, fallas constructivas y otras transgresiones a la normativa departamental vigente, una vez eliminadas las circunstancias que ameritaron la medida;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Rehabilitar el establecimiento destinado a depósito, ubicado en la Avda. Gral. Rondeau No. 2377, propiedad de la firma JOSÉ ALDAO S.A., RUT No. 210002990016, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Mantener la clausura del sector del depósito con ingreso por la calle Avda. Gral. Rondeau No. 2389.-
        3o.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Servicio Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

GRACIELA GARÍN, Directora General (I) del Departamento de Desarrollo Social.-