Resolución N° 11/21/5500 | Nro de Expediente:
2020-5507-98-000125 |
DESARROLLO SOCIAL | Fecha de Aprobación:
22/1/2021 |
Tema:
PAGOS
Resumen:
Autorizar el pago por la suma total de $ 38.376,oo a favor de la empresa Papelería Aldo, por la compra de 18 canastas para los participantes de la capacitación del "Programa Recuperadores Urbanos - PRU".-
Montevideo, 22 de Enero de 2021.- |
VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social, tendientes a aprobar el pago por la suma de $ 38.376,oo a favor de la empresa Papelería Aldo S.A, registrando RUT 210.003.030.016;
RESULTANDO: 1o.) que la citada Secretaría promueve desde hace varios años el "Plan Piloto - Programa de Recuperadores Urbanos (PRU)", que determina que un cierto número de participantes, que superan etapas de capacitación y formalización necesarias, cumpliendo requisitos mínimos establecidos, sustituyan el vehículo que emplean (carro con caballo) por un triciclo;
2o.) que en ese marco, se realizó la compra de 18 (dieciocho) canastas de alimentos para ser repartidas a los/as beneficiarios/as de la capacitación de la cuarta etapa del Programa Motocarros, estas fueron entregadas durante el mes que duro la formación, ya que los/as participantes no podían salir a realizar su trabajo;
3o.) que la mencionada Secretaría expresa que se realizó la compra Nro. 385.527 por el sistema SIAB con un único IVA del 22% en todos los artículos de la canasta, y esta fue anulada a solicitud de la Contaduría General, ya que al momento de presentar las facturas dicha empresa estas contenían diferentes impuestos al valor agregado;
4o.) que la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social, solicita se efectivice el pago por la suma de $ 38.376,oo (pesos uruguayos treinta y ocho mil trescientos setenta y seis) con impuestos incluidos, a favor de la empresa Papelería Aldo S.A, por la compra de las canastas alimenticias;
5o.) que a tales efectos la Unidad de Gestión Presupuestal realizó la solicitud de preventiva SEFI Nro 234.234, a favor del acreedor Nro. 46.000;
6o.) que la División Políticas Sociales, se manifiesta de conformidad con el pago respectivo;
CONSIDERANDO: 1o.) que por Resolución Nº 4245/20 de fecha 1º de diciembre del 2020, la Sra. Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de ordenador secundario de gastos con el límite máximo del monto establecido para la compra directa, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 28º, 29º (literales b y c) y 30º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) y en el Decreto Departamental Nº 25.400;
2o.) que la presente operación encuadra en dicha modalidad;LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
DE DESARROLLO SOCIAL EN EJERCICIO
DE FACULTADES DELEGADAS
RESUELVE: 1.- Aprobar el pago por la suma de $ 38.376,oo (pesos uruguayos treinta y ocho mil trescientos setenta y seis) con impuestos incluidos, a la empresa Papelería Aldo S.A, que registra RUT 210.003.030.016, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud de preventiva SEFI Nro. 234.234, a favor del acreedor Nº 46.000.-
3.- Comuníquese a los Departamentos de Secretaría General, de Recursos Financieros, a la División Políticas Sociales, a la Unidad de Gestión Presupuestal, a las Unidades Centrales de Auditoría Interna, de Presupuesto y pase por su orden a la Contaduría
General para proseguir el trámite y a la Secretaría de Empleabilidad para la Inclusión Social a sus efectos.-
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Lic. Mercedes Clara, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.- |
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