Resolución N° 204/13/5500
Nro de Expediente:
3240-002414-12
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
28/8/2013


Tema:
MULTA SALUBRIDAD PÚBLICA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16.3569, a la señora Elena Castro Freijo, C.I. 961.897-3, propietaria de la finca sita en Avda. Millán No. 2862. Apto. 4, con domicilio a los efectos legales en la calle Zapicán No. 2555 esquina Entre Ríos y San Fructuoso, por falta de higiene.-

Montevideo, 28 de Agosto de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción a lo dispuesto en el Art. D. 2159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública, en la finca sita en Avda. Millán No. 2862. Apto. 4, cuya propietaria es la señora Elena Castro Freijo, C.I. 961.697-3, con domicilio a los efectos legales en la calle Zapicán No. 2555 esquina Entre Ríos y San Fructuoso;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó en varias oportunidades a la titular de obrados para que procediera a la limpieza total y permanente de los lugares afectados y a la desratización pertinente del lugar, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de U.R. 16.3569;
        2o.) que en inspección realizada con fecha 29/VII/13 se pudo comprobar que no se dio cumplimiento a lo intimado por lo que correspondería la aplicación de la sanción, de acuerdo con lo determinado en el Art. 4o., apartado C) el Decreto No. 21.626, multa actualizada por Resolución No. 5830/88 de fecha 14/VII/88;
        3o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3092/10, de 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en esta Dirección






        General la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 16.3569 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas), a la señora Elena Castro Freijo, C.I. 961.697-3, propietaria de la finca sita en Avda. Millán No. 2862. Apto. 4, con domicilio a los efectos legales en la calle Zapicán No. 2555 esquina Entre Ríos y San Fructuoso, por infringir lo dispuesto en el Art. D. 2159, Capítulo III, Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Comuníquese a la División Salud; Servicio Centro Comunal Zonal No. 3 y pase al Servicio de Salubridad Pública para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente.-

PROF. MARÍA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Desarrollo Social.-