Resolución N° 149/09/6000
Nro de Expediente:
6410-001378-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
2/10/2009


Tema:
TRAMITE EN CONSULTA

Resumen:
Autorizar desde el punto de vista urbanístico, en carácter precario y revocable, la ocupación de la zona de ensanche de la calle Arrospide y su retiro frontal con una cancha de césped sintético y un área destinada a estacionamiento vehicular al aire libre, en el bien inmueble empadronado con el Nº 147432, con frente a la calle Jorge Ordeig Nº 2039, entre las calles Guillermo Arrospide y Alamos.-

Montevideo, 2 de Octubre de 2009.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud del club deportivo CLUBUR de mantener el uso de la zona afectada del predio, en el bien inmueble empadronado con el Nº 147432, ubicado con frente a la calle Jorge Ordeig Nº 2039 entre las calles Guillermo Arrospide y Alamos, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 8;
          RESULTANDO: que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) el predio se encuentra afectado por la apertura - ensanche de la calle Arrospide y los respectivos retiros sobre ambas vías (Arrospide y Ordeig);
          b) el club solicita mantener el uso con las instalaciones deportivas existentes y otras propuestas, así como también a los efectos de disponer de los lugares de estacionamiento necesarios al servicio de las canchas deportivas;
          c) las construcciones existentes con antecedentes del año 1966 no ocupan las áreas correspondientes a los retiros frontales vigentes en ese año, ni los actuales por ninguno de sus frentes;
          d) las edificaciones propuestas a regularizar no se encuentran ocupando ni los retiros ni las zonas de ensanche ni apertura de calles;
          e) la ocupación del área correspondiente a la apertura de la calle Arrospide y su retiro frontal , se realiza mediante una cancha de césped sintético (que resulta de la subdivisión de una cancha mayor originalmente de césped natural, en 3 canchas y la mencionada), y un área destinada a estacionamiento vehicular al aire libre, siendo su pavimento de césped y sobre balastro en el sector posterior;
          f) el tipo de obras a realizar en el área mencionada (cancha deportiva y área de estacionamiento), y considerando que su porte y materialidad no generan edificaciones que pudiesen considerarse como
          permanentes, se considera que las mismas podrían admitirse con carácter precario y revocable;
          CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 1387/09 de fecha 13 de abril de 2009 se delegó en el Director de la División Planificación Territorial la facultad de resolver determinadas tolerancias en materia de ocupación del suelo y edificabilidad;
          LA DIRECTORA DE LA DIVISION
          PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:
          1º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico, en carácter precario y revocable, la ocupación de la zona de ensanche de la calle Arrospide y su retiro frontal con una cancha de césped sintético y un área destinada a estacionamiento vehicular al aire libre, en el bien inmueble empadronado con el Nº 147432, con frente a la calle Jorge Ordeig Nº 2039, entre las calles Guillermo Arrospide y Alamos, según gráficos aprobados que lucen en expediente Nº 6410-001378-09.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso, ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Descentralización y de Acondicionamiento Urbano; a la División Región Este; a los Servicios de Contralor de la Edificación y Centro Comunal Zonal Nº 8; a la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial; a la Junta Local Nº 8 y pase al Servicio de Regulación Territorial.-

Arq. ADA CRISTINA PASTRO, Directora de la División Planificación Territorial.-