Resolución N° 12/15/6000
Nro de Expediente:
6410-000940-14
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
6/2/2015


Tema:
SOLICITUD DE TOLERANCIA

Resumen:
Permitir desde el punto de vista urbanístico, con carácter precario y revocable, las tolerancias por ocupación de retiro frontal y por superar la altura del cerco reglamentario, en el padrón Nº 147242, con frente a la calle Tres Cerros Nº 1940, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 6, Municipio E.-

Montevideo, 6 de Febrero de 2015.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de tolerancia para regularizar construcciones que ocupan parcialmente el retiro frontal y cerco que no se ajusta a la normativa vigente, en el padrón Nº 147242, con frente a la calle Tres Cerros Nº 1940, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 6, Municipio E;
          RESULTANDO: que el Servicio de Regulación Territorial, con fecha 6 de octubre y 7 de noviembre de 2014, informa que:
          a) se trata de una propiedad común en un predio esquina, con un área de 1170 m2, donde se ubican una vivienda y una barraca de leña;
          b) se solicita tolerancia por ocupación parcial del retiro frontal sobre la calle Quirquincho, con una construcción del año 2011 destinada a barbacoa, utilizada por propietarios y empleados del comercio;
          c) esta ocupación de retiro frontal es de 17,20 m2 que representa un 5,6 % del área del retiro y una reducción longitudinal del 80%, quedando detrás del cerco vegetal planteado, el cual atenúa su posible impacto negativo;
          d) se plantean mejoras en el tratamiento del retiro frontal incorporando un doble cerco vegetal sobre la calle Quirquincho y sobre ambas líneas de edificación, para mitigar el impacto;
          e) por la calle Tres Cerros se respeta el retiro frontal de 5 metros;
          f) el cerco perimetral supera la altura permitida por normativa entre 200% a 275%, el que será mitigado por arbustos vegetales según lo que indica el Art. D. 312 b) del Volumen IV del Digesto;
          g) se respeta el FOS vigente;
          h) se sugiere promover la tolerancia solicitada, con carácter precario y revocable, por ocupación de retiro frontal del 5,6% en una planta y sin aumento de FOS vigente y por superar la altura del cerco reglamentario;
          CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección de la División Planificación Territorial se manifiesta de acuerdo con lo informado y estima conveniente el dictado de resolución;
          2º) que por Resolución Nº 3084/10 de fecha 12 de julio de 2010 se delegaron en la Dirección General del Departamento de Planificación las facultades de resolver determinadas tolerancias en materia de ocupación del suelo y edificabilidad;
          LA DIRECTORA GENERAL (I)
          DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION
          EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
          RESUELVE:

          1º. Permitir desde el punto de vista urbanístico, con carácter precario y revocable, las tolerancias por ocupación de retiro frontal del 5,6% en una planta por la calle Quirquincho y sin aumento de FOS vigente y por superar la altura del cerco reglamentario, en el padrón Nº 147242, con frente a la calle Tres Cerros Nº 1940, dentro de los límites del Centro Comunal Zonal Nº 6, Municipio E, según planos visados técnicamente e incorporados al expediente Nº 6410-000940-14.-
          2º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación, en un plazo máximo de 150 (ciento cincuenta) días calendario a partir de la fecha de notificación al propietario y/o técnico actuante de la culminación del presente trámite.-
          3º. Encomendar a la Dirección de la División Planificación Territorial la autorización, por única vez y por el período que estime conveniente a prorrogar el plazo otorgado en el numeral anterior para tramitación del Permiso de Construcción ante el Servicio Contralor de la Edificación y/o Estudios de Impacto Territorial, el cual nunca podrá ser superior al plazo original.-
          4º. Establecer que la autorización indicada en el numeral 3º estará sujeta a la existencia de un informe técnico favorable de la Dirección del Servicio y/o Unidad competente; a que se mantengan incambiadas las condiciones urbanas aprobadas y que vencida se deberá iniciar un nuevo trámite.-
          5º. Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano; al Municipio E; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 6 y de Contralor de la Edificación y pase al Servicio de Regulación Territorial a sus efectos.-

ARQ. ANA MARIA MARTINEZ, Directora General (I) del Departamento de Planificación.-