Resolución N° 5337/04
Nro de Expediente:
4113-017895-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
8/11/2004


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
Admitir condicionado mantenimiento construcciones bajo tanque de agua de uso unidad 2101 del edificio ubicado en Avda. Gral. Garibaldi Nº 2859.-

Montevideo, 8 de Noviembre de 2004.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-017895-01, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado individualmente con el Nº 96.981/2101, sito con frente a la Avda. Gral. Garibaldi Nº 2859, según gráficos de la Arq. Liliana Pérez Eccher;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se trata de dos locales habitables con baño de uso exclusivo de la unidad 2101, que ocupa un área debajo del tanque de agua del edificio; b) con dichas construcciones se generan un nivel más de locales habitables, superando la altura aprobada para el edificio; c) asimismo el Art. D.4455.11 establece que el fondo y los techos de los tanques de agua deberán estar separados de cualquier tipo de construcción por un espacio no menor de 60 cm., no cumpliéndose en este caso; d) dado que la unidad no se percibe desde la vía pública en virtud de la altura general del edificio, no teniendo implicancias desde el punto de vista urbanístico en cuanto molestias a linderos, etc. y que no entorpecen el correcto funcionamiento de los tanques de agua, puede admitirse su mantenimiento como tolerancia especial, condicionado a contar con la anuencia de los copropietarios y e) por concepto de edificación inapropiada corresponde aplicar una tasa equivalente al 50% de la Contribución Inmobiliaria;
        2°) que se ha recabado la anuencia solicitada, así como la conformidad por la tasa a aplicar;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones informa que, habiéndose obtenido la mayoría exigida por la Ley Nº 10.751, propicia admitir el mantenimiento de las construcciones con carácter precario y revocable, en las condiciones establecidas por Resolución Nº 2875/00, numeral 6;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir el mantenimiento con carácter temporal, de las construcciones existentes en el predio empadronado individualmente con el Nº 96.981/2101, sito con frente a la Avda. Gral. Garibaldi Nº 2859 (dos locales habitables con baño de uso exclusivo de la unidad 2101, que ocupa un área debajo del tanque de agua del edificio) según gráficos de la Arq. Liliana Pérez Eccher del Permiso de Construcción Nº 4113-017895-01.-
        2º.- Establecer que por concepto de edificación inapropiada corresponde aplicar una tasa equivalente al 50% (cincuenta por ciento) sobre la Contribución Inmobiliaria.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de la Edificación deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-