Resolución N° 3102/06
Nro de Expediente:
4400-002051-06
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
21/8/2006


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba Proyecto de Donación Modal a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación Civil Centro de Participación Popular en el área del Servicio Centro Comunal Zonal No.6.

Montevideo, 21 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Licitación entre Organizaciones No Gubernamentales, a fin de desarrollar una línea de política social que apunte a brindar una experiencia socio-laboral alternativa, de carácter transitorio, dirigida a jóvenes de ambos sexos en condiciones de pobreza extrema, mediante la realización de tareas de levante y clasificado y dentro del área del Servicio Centro Comunal Zonal No. 6;
        RESULTANDO: 1o.) que la tarea que se prevé ejecutar, es la recolección diferencial en los cuatro asentamientos, delimitados geográficamente, en Isla de Gaspar y Larravide, Boix y Merino, Campo Galuzzo, Aquiles Lanza, participando de mantenimiento de áreas de recreación y áreas verdes, vigilancia y mantenimiento del Ecopunto y levante del descarte del clasificado de los residuos, para su traslado a la disposición final en la Usina No. 7;
        2o.) que a la mencionada Licitación se presentaron las Organizaciones No Gubernamentales Centro de Participación Popular (CPP), Organización San Vicente "Obra Padre Cacho", Patronato Nacional de Encarcelados, ICTP, Fundación Plenario de Mujeres del Uruguay (Plemuu), Centro Interdisciplinario de Estudios sobre el Desarrollo, Uruguay (Ciedur), Instituto de Educación Popular el Abrojo, Nosotros, Vida Nueva Uruguay, Foro Juvenil y Centro Latinoamericano de Economía Humana (Claeh);
        3o.) que el Tribunal actuante para esta Licitación, sugiere, por consenso, la adjudicación de la misma

        al Centro de Participación Popular;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Donación Modal proyectada regirá por el plazo de 1 (un) año, a partir de su formalización, por lo que la transferencia a realizarse por parte de esta Comuna, como donación modal, asciende a la suma total de $ 5:960.303.18, más el 20% de imprevistos;
        2o.) que consultada la Asesoría Jurídica realizó una serie de especificaciones en la letra del Proyecto de
        Donación Modal para su aprobación, las que fueron oportunamente incorporadas;

        3o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, realizó la imputación SEFI No. 93181, por la suma de $ 1:548.983,oo, monto que se considera suficiente para hacer frente al gasto en el presente ejercicio;
        4o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Donación Modal, propuesto;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Donación Modal a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Organización No Gubernamental Centro de Participación Popular DONACION MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ** del año dos mil ** entre: POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante, la I.M.M.), RUC 211763350018, con domicilio es esta ciudad en Avda. 18 de Julio Número 1360 de Montevideo, representada en este acto por **, en su calidad de ** y POR OTRA PARTE: la Asociación Civil Centro de Participación Popular (en adelante, el CPP), RUC **, constituyendo domicilio en ** representado por **, siendo todos los nombrados orientales, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes.- I.- La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IMM desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, dicha política es dirigida a clasificadores/as en situación de pobreza extrema, ofreciéndoles la posibilidad de integrarse a la sociedad a través de su primera experiencia laboral “formal” y diversos espacios (deportivos, de reflexión con apoyo y coordinación de equipos técnicos en trabajo social, de manejo de la palabra escrita y de elementos de razonamiento lógico matemático, de capacitación en oficios, de talleres de plástica y música, etc.) II.- La Asociación Civil "Centro de Participación Popular" es una Institución no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de sus objetivos tiene como cometidos el desarrollo de proyectos socios educativos laborales, tendientes a implementar un plan de intervención global sobre la realidad a abordar, promoviendo la búsqueda de respuestas a las problemáticas y necesidades de la población objetivo en el marco de una propuesta de desarrollo local integral, promover acontecimientos tales que signifiquen cambios en las historias de vida de los clasificadores/as, ofrecer un dispositivo de educación integral que proporcione al clasificador/a, herramientas para su reconstrucción identitaria y de proyecto de vida personal y familiar. III.- El CPP propone la realización de experiencias educativo laboral dirigida a clasificadores/as que vivan en diferentes zonas de la ciudad de Montevideo, su delimitación geográfica está limitada por los entornos a los asentamientos Isla de Gaspar y Larravide - Boix y Merino - Campo Galuzzo - Aquiles Lanza (territorio del C.C.Z. Nº 6), para lo cual solicita la colaboración de la IMM y ésta entiende que pueden cumplirse realizando tareas de recolección diferencial en los cuatro asentamientos (levante de descarte del clasificado), barrido manual en el entorno de los asentamientos, mantenimiento de áreas de recreación y áreas verdes, vigilancia y mantenimiento del Ecopunto ubicado en Isla de Gaspar y en Boix y Merino, establecidas en el pliego de condiciones del llamado. Las tareas a realizar serán las siguientes: SERVICIO Nº 1.- Levante de descarte del clasificado en los asentamientos Isla de Gaspar y Larravide y Campo Galuzzo, SERVICIO Nº 2.- Levante de descarte del clasificado en los asentamientos Aquiles Lanza y Boix y Merino, barrido manual en el entorno de los asentamientos, vigilancia y mantenimiento de los ecopuntos ubicados en Isla de Gaspar y en Biox y Merino las 24 hs, atención de espacios de áreas verdes, levante del producido del barrido, y traslado del producido a su disposición final en Usina Nº 7. SEGUNDO: Objeto.- La IMM dona al Centro de Participación Popular, la suma de pesos uruguayos de $ 5:960.303.18 (pesos uruguayos cinco millones novecientos sesenta mil trescientos tres con dieciocho centésimos), que se entregan de la siguiente forma: 1.- 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 261.571.18 ( pesos uruguayos doscientos sesenta y uno mil quinientos setenta y uno con dieciocho centésimos) cada una; la primera a partir de los 30 (treinta) días de iniciado el Convenio y las restantes cada 30 (treinta) días; 2.- 2 (dos) cuotas semestrales de $ 117.813.51 (pesos uruguayos ciento diecisiete mil ochocientos trece con cincuenta y uno centésimos) cada una, que se pagarán en los meses de noviembre y junio; 3.- La suma de $ 2:585.822.00 (pesos uruguayos dos millones quinientos ochenta y cinco mil ochocientos veintidós) para gastos de funcionamiento (adquisición de uniformes, herramientas, bolsas y arrendamiento de vehículos para el traslado de residuos, etc.) debidamente justificados. 4.-La suma de $ 1:192.060.64 (pesos uruguayos un millón ciento noventa y dos mil sesenta con sesenta y cuatro centésimos), sujeta a las condiciones suspensivas de que acaezcan situaciones imprevistas para el cumplimiento del modo, debidamente justificadas (temporales, trabajos extraordinarios, limpiezas especiales, difusión de las tareas que realiza dicha organización, apoyo a campañas de sensibilización ambiental, comunicaciones, ampliaciones de zona, etc.). TERCERO: Modo.- A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en el apartado I de la cláusula PRIMERA, la IMM impone al Centro de Participación Popular el cumplimiento del siguiente modo: I.- Realizar la totalidad de las tareas descriptas anteriormente con 28 (veintiocho) clasificadores/as, en atención a las tareas descriptas en el pliego de condiciones, de los cuales 26 (veintiséis) clasificadores/as se desempeñarán como peones y 2 (dos) en tareas de coordinación y supervisión, debiendo el Centro de Participación Popular comunicar a la I.M.M el nombre de la persona que oficiara como interlocutor ente la Unidad Ejecutora de Contralor de Convenios de la División Limpieza II.- Realizar tareas de SERVICIO Nº 1.- Levante de descarte del clasificado en los asentamientos Isla de Gaspar y Larravide y Campo Galuzzo, SERVICIO Nº 2.- Levante de descarte del clasificado en los asentamientos Aquiles Lanza y Boix y Merino, vigilancia y mantenimiento de los dos ecopuntos ubicados en los asentamientos las 24 hs., barrido manual en el entorno de los asentamientos, atención de espacios de áreas verdes, levante del producido del barrido, y traslado del producido a su disposición final en Usina Nº 7, de acuerdo al proyecto definido en el llamado III.- Hacerse cargo de la gestión de las tareas incluida la compra de los insumos para el funcionamiento del proyecto, compra de herramientas, vestimenta e insumos generales, así como la contratación de los vehículos correspondientes para carga y supervisión. IV.- Efectuar el seguimiento de la totalidad del proceso educacional según lo expresado en la propuesta educativa presentada, a través de un equipo profesional integrado por un equipo de profesionales integrados por especialistas en distintas disciplinas sociales a saber: Licenciado en Trabajo Social, un Sicólogo y Educadores mediante reuniones grupales, salidas educativas, entrevistas individuales y visitas a sus casas, todo lo cual tendiente a promover las transformaciones correspondientes a los objetos planteados, lo que será debidamente documentado en informes cuatrimestrales sobre los procesos educativos. V.- Rendir cuentas a la IMM mensualmente, dentro de los diez días siguientes a la finalización de cada mes, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con el destino previsto por este contrato. CUARTO : ACEPTACION Y PLAZOS.- La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de su formalización y por el término de 12 meses, pudiendo la I.M.M. renovar la presente donación por igual plazo, previas evaluaciones favorables del cumplimiento del modo, de acuerdo a lo establecido en la cláusula quinta, contralor del cumplimiento del modo. QUINTO: CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: La IMM controlará: I.- el cumplimiento de la ejecución del modo por medio de los técnicos de Unidad de Contralor de Convenios, la que realizará controles periódicos. De este seguimiento se realizarán informes periódicos por parte de una Comisión integrada por: la Unidad de Contralor de Convenios de la División Limpieza, de los Organos Locales involucrados, a saber: Servicios C.C.Z., Junta Local y la Unidad de Convenios dependiente del Departamento de Desarrollo Social, que formaran parte de la evaluación correspondiente. II.- las justificaciones y rendiciones de cuentas presentadas de acuerdo a lo establecido en la cláusula segunda y tercera. III.- que el Centro de Participación Popular cumpla con toda la legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar la experiencia de reinserción educativo-laboral, por lo cual la constatación de su incumplimiento es cualquier aspecto habilita a la I.M.M. a la inmediata rescisión del contrato. SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCION: El Centro de Participación Popular asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los beneficiarios del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la IMM es por completo ajena. Asimismo el Centro de Participación Popular indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios municipales ó a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo. SEPTIMO: MORA AUTOMATICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: RESCISION: El incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo del Centro de Participación Popular, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IMM. Se considerará que el Centro de Participación Popular ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IMM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la IMM, que el Centro de Participación Popular declara conocer y aceptar. NOVENO: DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación ó intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMO PRIMERA: REPRESENTACION: El Centro de Participación Popular acredita la representación invocada según _________________________ expedido el día _________________________ exhibido ante ______________________. Y en prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma de la Donación Modal que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Disponer que una vez iniciado el ejercicio 2007, vuelvan las actuaciones a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental para la imputación complementaria del gasto.
        4o.-Comuníquese a los Departamentos de Descentralización y Recursos Financieros, a la Asesoría Jurídica, a la División Limpieza, al Servicio de Escribanía, a las Unidades de Convenios del Departamento de Desarrollo Social y de la División Limpieza, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y previa intervención de Contaduría General para el contralor e intervención del gasto, pase al Departamento de Desarrollo Ambiental para la formalización de la Donación Modal.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-