Resolución N° 2838/12
Nro de Expediente:
2000-000607-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
9/7/2012


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica el Artículo 1º del Decreto Nº 34.180 de fecha 10 de mayo de 2012, estableciéndose que donde dice: "... 1o. de junio de 2011 al 31 de diciembre de 2012..." , debe decir: "...1o. de junio de 2001 al 31 de diciembre de 2012...", manteniendo en un todo sus restantes términos.

Montevideo, 9 de Julio de 2012.-
 
          VISTO: que por Decreto No. 34.180 de 10 de mayo de 2012 se facultó a esta Intendencia para exonerar a la deuda de Tarifa de Saneamiento del inmueble padrón No. 6.003, desde el 1o. de junio de 2011 al 31 de diciembre de 2012 y de Adicional Mercantil a la Tasa General y Tasa por Contralor de la Higiene Ambiental que caen sobre todas las unidades del inmueble padrón No. 6.003, a partir del 14 de noviembre de 2001 al 31 de diciembre de 2012, a excepción de la planta baja, unidad 1, que fue usufructuada por un comodatario;
          RESULTANDO: que se padeció error en el Artículo 1o.- del Decreto No. 34.180, estableciéndose que donde dice: "...1o. de junio de 2011 al 31 de diciembre de 2012..." debe decir. "...1o. de junio de 2001 al 31 de diciembre de 2012...", de acuerdo a lo establecido por Resolución No. 1620/12 de 30 de abril de 2012 y Resolución No. 2244/12 de 4 de junio de 2012;
          CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente se dicte un Proyecto de Decreto modificativo, estableciendo que la exoneración por

          Tarifa de Saneamiento del inmueble padrón No. 6.003, es por el período 1o. de junio de 2001 al 31 de diciembre de 2012;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1o.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el
          siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          Artículo 1o.- Modificase el Artículo 1o.- del Decreto No. 34.180 de fecha 10 de mayo de 2012, estableciéndose que donde dice: "... 1o. de junio de 2011 al 31 de diciembre de 2012...", debe decir: "...1o. de junio de 2001 al 31 de diciembre de 2012...", manteniendo en un todo sus restantes términos.-
          Artículo 2o.- Comuníquese.-
          2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-