Resolución N° 2894/09
Nro de Expediente:
8982-000698-08
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
20/7/2009


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un Proyecto de Decreto facultando a esta Intendencia para exonerar a "La Educadora Uruguaya", a la "Asociación Cultural Dámaso Antonio Larrañaga (ACDAL)" y a la "Asociación Bienestar Social" del pago de las tasas por Adicional Mercantil e Higiene Ambiental que grava a inmuebles de su propiedad de acuerdo a los informes de deudas de fs. 22, 29, 33, 37, 104, 123, 126, 138, 139, 141 y 142 de obrados.

Montevideo, 20 de Julio de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de la "La Educadora Uruguaya", la "Asociación Cultural Dámaso Antonio Larrañaga (ACDAL)" y la "Asociación Bienestar Social", solicitando exoneración de pago de los tributos municipales que gravan a los inmuebles de su propiedad, cuyos números de padrones se detallan de fs. 9 a 11 de obrados;
        RESULTANDO: que el Servicio de Gestión de Contribuyentes adjunta de fs. 12 a 146 de estas actuaciones la información de deudas de cada uno de los padrones propiedad de las gestionantes;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración de Ingresos Municipales sugiere promover ante la Junta Departamental un proyecto de decreto que exonere a la Educadora Uruguaya, Asociación de Bienestar Social y Asociación Cultural Dámaso Antonio Larrañaga de las tasas por Adicional Mercantil e Higiene Ambiental que grava a los inmuebles de su propiedad, en base a los antecedentes y a que se trata de instituciones de enseñanza que vienen exonerando la Tasa General Municipal;
        2o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros estima que corresponde

        promover la exoneración solicitada, previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar a "La Educadora Uruguaya", a la "Asociación Cultural Dámaso Antonio Larrañaga (ACDAL)" y a la "Asociación Bienestar Social" del pago de las tasas por Adicional Mercantil e Higiene Ambiental que grava a inmuebles de su propiedad de acuerdo a los informes de deudas que se adjuntan a fs. 22, 29, 33, 37, 104, 123, 126, 138, 139, 141 y 142 de obrados.-
        Artículo 2o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-