Resolución N° 1187/12
Nro de Expediente:
6410-004080-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
20/3/2012


Tema:
PROYECTO DE DECRETO (MAYOR APROVECHAMIENTO)

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental proyecto de decreto solicitando autorización para exceder la altura reglamentaria en 2,72 metros, exceder el F.O.S reglamentario hasta un 7,5 %, y destino no reglamentario de los locales en subsuelo en zona de retiro frontal por Av. Luis P. Ponce, en el bien inmueble empadronado con el Nº 422582, ubicado con frente a la Av. Luis P. Ponce Nº 1511, entre las calles Isabelino Bosch y Dr. Enrique Pouey, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5, Municipio CH.-

Montevideo, 20 de Marzo de 2012.-
 
          VISTO: la presente solicitud de construcción de un edificio con destino sanatorio, que excede la altura reglamentaria, no cumple con lo establecido en el Art. D.151, Título IV, Capítulo X, Sección III del Volumen IV del Digesto, y excede el F.O.S. reglamentario, en el bien inmueble empadronado con el Nº 422582, ubicado con frente a la Av. Luis P. Ponce Nº 1511, entre las calles Isabelino Bosch y Dr. Enrique Pouey, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5, Municipio CH;
          RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) se trata de la solicitud de aumento de altura para un predio donde rigen 9 metros, así como aumento de altura en la zona delimitada por el Art. D.151, Título IV, Capítulo X, Sección III del Volumen IV del Digesto, y ubicación de actividades no idicadas en lo establecido en el Art. D.136, Título IV, Capítulo X, Sección I del Volumen IV del Digesto, en el subsuelo de la zona de retiro frontal;
          b) se entiende que la altura del predio no deberá considerarse sobre el nivel del talud ya que el mismo se desarrolla sólo en una parte del predio;
          c) el promedio de alturas entre el punto más alto en el retiro frontal (talud) y el más bajo (nivel de vereda), estaría por debajo de lo indicado en el Art. D.160, Título IV, Capítulo XI, Sección II del Volumen IV del Digesto, por lo que podría autorizarse;
          d) el F.O.S. vigente aumenta en un 7,5 % respecto al permitido por la norma, no generando perjuicios a nivel urbano, ni a sus linderos, pudiendo ser admitido;
          e) en relación al aumento de altura según lo que establece el Art. D.151, Título IV, Capítulo X, Sección III del Volumen IV del Digesto, en sector estacionamientos, se entiende que la diferencia de altura de 70 cm. se ampara en el Art. D.159, Título IV, Capítulo XI, Sección II del Volumen IV del Digesto;
          f) los destinos de los locales en subsuelo en zona de retiro frontal por Av. Luis P. Ponce, corresponden a sala de espera y consultorios, entendiendo que estos son habitables, podrían admitirse como modificación cualificada;
          2º) que el Servicio de Catastro y Avalúos estima un incremento del valor total edificado de $14:432.000 (pesos uruguayos catorce millones cuatrocientos treinta y dos mil);
          CONSIDERANDO: 1º) que se procedió de acuerdo a lo dispuesto en el Art. R. 84 del Volumen II del Digesto, estando el propietario del citado padrón en conocimiento de que le corresponde el pago del precio compensatorio, por concepto de mayor aprovechamiento, manifestando su conformidad;
          2º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo acuerda en promover la autorización de la solicitud de que se trata, como modificación cualificada con mayor aprovechamiento;
          3º) que se estima procedente solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
          PROYECTO DE DECRETO
          ARTICULO 1º. Facúltese a la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto (POT), a autorizar desde el punto de vista urbanístico, exceder la altura reglamentaria hasta 11,72 metros, exceder el F.O.S reglamentario hasta un 7,5 %, y destino no reglamentario de los locales en subsuelo en zona de retiro frontal por Av. Luis P. Ponce, en el bien inmueble empadronado con el Nº 422582, ubicado con frente a la Av. Luis P. Ponce Nº 1511, entre las calles Isabelino Bosch y Dr. Enrique Pouey, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5, Municipio CH.-
          ARTICULO 2º. Establécese que a la presente gestión le corresponde la aplicación de mayor aprovechamiento por la suma de $ 14:432.000 (pesos uruguayos catorce millones cuatrocientos treinta y dos mil), debiendo los solicitantes realizar el pago correspondiente del 10 % de la suma indicada, por concepto de precio compensatorio, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 1066/07 de fecha 26 de marzo de 2007.-
          ARTICULO 3º. Establécese que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción, ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
          ARTICULO 4º. Comuníquese.-
          2. Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de
          Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-