Resolución N° 2046/07
Nro de Expediente:
4112-007824-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/6/2007


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso del establecimiento destinado a depósito, oficinas, comercio mayorista e importaciones de artículos de bazar y juguetería, ubicado en el predio empadronado con el Nº 56.247, sito con frente a la calle San Carlos Nº 767, Casino Importaciones S.A.

Montevideo, 11 de Junio de 2007.-
 
        VISTO: que Casino Importaciones S.A. solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito, oficinas, comercio mayorista e importaciones de artículos de bazar y juguetería, ubicado en el predio empadronado con el Nº 56.247, sito con frente a la calle San Carlos Nº 767;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada ya autorizada de 4.700 m2 para el destino de "oficinas y depòsito de arroz", a regularizar para el actual destino de 2.086 m2, contando el predio con un área de 7.113 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones que formular, destacando que la cercanía a los accesos a Montevideo facilitan el ingreso de vehículos de gran porte;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, con la conformidad de la correspondiente Junta Local, propicia su autorización con carácter precario y revocable;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que excede el área máxima reglamentaria, por lo que se propicia condicionar su autorización de acuerdo con lo informado a fs. 47 de estas actuaciones;
        5º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables,


        puede accederse a lo solicitado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a depósito, oficinas, comercio mayorista e importaciones de artículos de bazar y juguetería, ubicado en el predio empadronado con el Nº 56.247, sito con frente a la calle San Carlos Nº 767, propiedad de Casino Importaciones S.A., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) las operaciones de carga y descarga de mercaderías, deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        c) los residuos sólidos y líquidos deberán tratarse y eliminarse de forma al que no generen focos de insalubridad, de acuerdo a lo que establecen las oficinas competentes en materia de desagües industriales;
        d) se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se produzcan ampliaciones de ningún tipo del establecimiento que modifiquen las actuales características;
        f) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 hs. y sábado de 9:00 a 13:00 hs.;
        g) no se depositen productos alimenticios ni aquellos que a juicio de la Dirección Nacional de Bomberos y el Servicio de Salubridad, puedan producir riesgos o perjuicios al medio ambiente;
        h) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.213 del Decreto Departamental Nº 28.242 (POT) en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        i) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite y
        j) se deberá ajustar a la normativa vigente en materia ambiental, tanto a nivel nacional como departamental .-
        2º.- Comuníquese a la Junta Local de la Zona Nº 16 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-