Resolución N° 348/15/1500
Nro de Expediente:
4530-001210-15
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
8/7/2015


Tema:
RESERVA DE ESPACIO

Resumen:
Conceder reserva de espacio al Palladium Business Hotel en la calle Tomás de Tezanos Nº 1146 esquina Arturo Pratt, en una longitud de 15 (quince) metros para su uso todos los días sin límite de horario.

Montevideo, 8 de Julio de 2015.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (A.H.R.U) de concederle al Palladium Business Hotel, una reserva de espacio en la calle Tomás de Tezanos Nº 1146 esquina Arturo Pratt, al amparo del Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29/08/11, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU);
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado con carácter precario y revocable en la calle Echeverría frente al Nº 520, en una longitud de 15 metros para su uso todos los días sin límite de horario;
        2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. R.424.122, literal e), del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto, el peticionante está exonerado del pago del costo mensual, en virtud del convenio antes mencionado;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Tránsito y Trasporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111 numeral 10), del Volumen V "Tránsito y Trasporte" del Digesto;
        2º) que por Resolución Nº 3087/10 del 12 de julio de 2010, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de
        vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Conceder reserva de espacio al Palladium Business Hotel en la calle Tomás de Tezanos Nº 1146 esquina Arturo Pratt, en una longitud de 15 (quince) metros para su uso todos los días sin límite de horario.
        2.- La misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará para estacionamiento de vehículos, estando exonerada del pago de las tarifas previstas, en virtud del Convenio suscripto por Resolución Nº 3979/11 del 29 de agosto de 2011, entre esta Intendencia y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU).
        3.- El interesado deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a efectos del cese respectivo.
        4.- Comuníquese al Municipio CH, a las Divisiones Tránsito y Transporte, Turismo; al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.

LIC. GEOL. NÉSTOR CAMPAL, Director General del Departamento de Movilidad.-