Resolución N° 16/21/1500
Nro de Expediente:
2020-2033-98-000963
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
11/1/2021


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar a TRANSPORTES TRANSONPA LTDA, CNJP Nº 921118890001, con domicilio en Avda. Uruguay 2261, Chui, Estado de Río Grande do Sul, Brasil, una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) por la circulación con vehículos matrícula CPJ 3043, en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado.

Montevideo, 11 de Enero de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la infracción del vehículo procedente de Brasil matrícula CPJ 3043, propiedad de la empresa TRANSPORTES TRANSONPA LTDA, CNJP Nº 921118890001, con domicilio en Avda. Uruguay 2261, Chui, Estado de Río Grande do Sul;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Inspección de Tránsito informa que el día 18 de noviembre de 2020, se constató la circulación en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado, lo que surge de Intervenido SA 858094;
        2º) que se le dio vista al interesado el 30 de noviembre de 2020, quien habiendo transcurrido el plazo respectivo no presentó descargos;
        3º) que la División Tránsito informa que corresponde aplicar la multa prescrita en el Artículo 1º del Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 32.618 del 14 de agosto de 2008;
        CONSIDERANDO: 1º) lo dispuesto en los Artículos R.424.86.4 y D.710 del Volumen V del Digesto Departamental;

        2º) que por Resolución Nº 4242/20 del 01 de diciembre de 2020, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad, la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55 (unidades reajustables cincuenta y cinco);
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar a TRANSPORTES TRANSONPA LTDA, CNJP Nº 921118890001, con domicilio en Avda. Uruguay 2261, Chui, Estado de Río Grande do Sul, Brasil, una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) por la circulación con vehículos matrícula CPJ 3043, en zona de exclusión para transporte de carga pesada sin permiso gestionado.
        2.- Comuníquese a la División Tránsito, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Contralor y Registros de Vehículos y Contralor de Conductores, a la Unidad de Logística y pase al Servicio Inspección de Tránsito.

PABLO INTHAMOUSSU, Director General del Departamento de Movilidad.-