Resolución N° 1071/03/3000
Nro de Expediente:
3220-006806-02 3220-006254-03
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
24/9/2003


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 17,8092 a la firma Barqueiro S.R.L., propietaria del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Convención No. 1278, por no regularizar las observaciones intimadas.-

Montevideo, 24 de Setiembre de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a bar, sito en la calle Convención No. 1278, propiedad de la firma Barqueiro S.R.L., R.U.C. 213342180015, cuyo socio administrador es el Sr. Juan Aldaba, C.I. 1.082.830-3, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese al tiempo transcurrido no se procedió a solucionar las observaciones efectuadas con fecha 5/V/03, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 17,8092 por infracción a lo establecido en la Sección XIII, Art. 14, del Decreto No. 21.626;
        2o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia dado que después de reiteradas intimaciones, no se ha regularizado la habilitación del establecimiento;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 17,8092 (Unidades Reajustables diecisiete con ocho mil noventa y dos diezmilésimas) a la firma Barqueiro S.R.L. R.U.C. 213342180015, cuyo socio administrador es el Sr. Juan Aldaba, C.I. 1.082.830-3, propietaria del establecimiento destinado a bar, sito en la calle Convención No. 1278, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal 1.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-