Resolución N° 1171/01/3000
Nro de Expediente:
3390-004083-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
26/10/2001


Tema:
MULTA ARRENDAMIENTO SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa a los Sres. ENRIQUE OMAR BLANCO VECINO Y MARIELA BLANCO VECINO, propietarios del inmueble sito en la calle China No. 2239( arrendamiento sin permiso) .-

Montevideo, 26 de Octubre de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que se constató que el inmueble sito en la calle China No. 2239, propiedad de los Sres. Enrique Omar Blanco Vecino y Mariela Blanco Vecino, C.I. Nos. 1.398.182-5 y 1.412.318-7 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la calle Bartolomé Mitre No. 1411 Esc. 101, no cuenta con la correspondiente habilitación municipal para su arrendamiento;
        2o) que según surge de la información recabada, en el mes de abril de 2001, se abonaba un alquiler mensual de $ 4.900,oo, por lo que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 24,05 a los titulares de obrados, de acuerdo al valor de la U.R. del momento, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y Resolución No. 192.318, de fecha 31/X/83, que reglamentan el arrendamiento de apartamentos, locales y fincas, de acuerdo al Decreto No. 21.626, de fecha 23/IV/84;
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de
        aplicar multas hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 24,05 (Unidades Reajustables veinticuatro con 05/100), a los Sres. Enrique Omar Blanco Vecino y Mariela Blanco Vecino, C.I. Nos. 1.398.182-5 y 1.412.318-7 respectivamente, con domicilio a los efectos legales en la calle Bartolomé Mitre No. 1411 Esc. 101, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al infractor el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, a cuyo vencimiento se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización .-