Resolución N° 487/05/3000
Nro de Expediente:
3270-006337-05
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
30/6/2005


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar dos multas de U.R. 9,7164 y U.R. 14,841 respectivamente, a la firma Milalia Ltda., propietaria del establecimiento destinado a autoservice, sito en la Hipólito Yrigoyen No. 1842, por carecer de habilitaciones para su normal funcionamiento.-

Montevideo, 30 de Junio de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, relacionadas con el establecimiento destinado a autoservice, sito en la calle Hipólito Yrigoyen No. 1842, propiedad de la firma Milalia Ltda., R.U.C. 214971180019, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que en inspección realizada en el establecimiento de referencia con fecha 13/XI/04 se pudo constatar que no cuenta con la documentación correspondiente ( Habilitaciones Municipales y Final de Bomberos),
        2o) que en virtud del tiempo transcurrido sin que el mismo haya regularizado la situación, el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 sugiere la aplicación de dos multas de U.R. 9,7164 y U.R. 14,841 respectivamente, a la firma titular de obrados;
        3o) que el Servicio Central de Inspección General se manifiesta de conformidad con la sanción sugerida, por infracción a lo dispuesto en el Decreto 29.118 del Plan de Ordenamiento Territorial y el Art. D. 3419.10, Vol. XV, Tomo II, Art. 3o., Inciso 20 de la Normativa Municipal vigente y de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 (reincidencia);
        4o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades

        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar dos multas de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con siete mil ciento sesenta y cuatro diezmilésimas) y U.R. 14,841 (Unidades Reajustables catorce con ochocientas cuarenta y una milésimas) respectivamente, a la firma Milalia Ltda., R.U.C. 214971180019, propietaria del establecimiento destinado a auto service, sito en la calle Hipólito Yrigoyen No. 1842, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a los Servicios de Contralor de la Edificación; Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Centro Comunal Zonal No. 6 y pase al Servicio Central de Inspección General para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente.-

PROF. MARIA SARA RIBERO, Directora General del Departamento de Descentralización.-