Resolución N° 1098/04/3000
Nro de Expediente:
5220-032112-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
22/11/2004


Tema:
MULTAS HABILITACION - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12,3675, a la Sra. Mary Stella Otheguy, C.I. 1.459.530-0, propietaria del establecimiento destinado a pensión sito en Avda. Daniel Fernández Crespo No. 2131, por falta de Habilitación Final de Bomberos.-

Montevideo, 22 de Noviembre de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el establecimiento destinado a pensión, sito en Avda. Daniel Fernández Crespo No. 2131, cuya responsable legal es la Sra. Mary Stella Otheguy, C.I. 1.459.530-0, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas mediante Orden de Servicio No. 304364, de fecha 4/X/04, se intimó a presentar la documentación habilitante del establecimiento de referencia dentro del plazo de 5 (cinco) días ( Final de Bomberos);
        2o) que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R. 12,3675 a la titular de obrados, al amparo del Decreto No. 22.010, Art. 6, de acuerdo al Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84 (reincidencia);
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de
        aplicar multas hasta U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12,3675 (Unidades Reajustables doce con tres mil seiscientas setenta y cinco diezmilésimas), a la Sra. Mary Stella Otheguy, C.I. 1.459.530-0, responsable del establecimiento destinado a pensión, sito en Avda. Daniel Fernández Crespo No. 2131, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada, dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para notificar a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-