Resolución N° 867/02/3000
Nro de Expediente:
3260-022593-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
9/7/2002


Tema:
MULTA ARRENDAMIENTO SIN PERMISO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 13,2182, a la firma Administraciones y Comisiones Sociedad Anónima (A.C.S.A.), en calidad de administradora, de la finca sita en Liber Arce No. 3303, apto. 3, (arrendamiento sin permiso).-

Montevideo, 9 de Julio de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que con fecha 3/X/01, el Sector Arrendamientos informa que, compulsados los libros de arrendamientos desde el 9/VIII/99 a esa fecha, no registran solicitud para arrendar el inmueble sito en la calle Liber Arce No. 3303 apto. 3, del cual es su administradora la firma Administraciones y Comisiones Sociedad Anónima (A.C.S.A.), con domicilio a los efectos legales en la calle Constituyente No. 1422, por lo que no cuenta con la correspondiente habilitación municipal para su arrendamiento;
        2o) que según surge de la información recabada, en el mes de marzo de 2000, fecha de la firma del contrato, se abonaba un alquiler mensual de $ 2.604,oo, por lo que el Servicio Central de Inspección General sugiere la aplicación de una multa de U.R 13,2182 a la firma titular de obrados, de acuerdo al valor de la U.R. del momento, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y Resolución No. 192.318, de 31/X/83, que reglamentan el arrendamiento de apartamentos, locales y fincas, de acuerdo al Decreto No. 21.626, de 23/IV/84;
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades


        oportunamente delegadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 13,2182 (Unidades Reajustables trece con dos mil ciento ochenta y dos diezmilésimas) a la firma Administraciones y Comisiones Sociedad Anónima (A.C.S.A.), administradora de la finca sita en la calle Liber Arce No. 3303 apto. 3, con domicilio a los efectos legales en la calle Constituyente No. 1422, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada, dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS , Director General del Departamento de Descentralización .-