Resolución N° 1082/04/3000
Nro de Expediente:
9593-005566-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
18/11/2004


Tema:
LEVANTAMIENTO DE CLAUSURA

Resumen:
Rehabilitar el funcionamiento del establecimiento destinado a expendedor de alimentos -autoservice- sito en la calle Brig. Gral. Lavalleja No. 10267 Km. 19 (Villa García), propiedad de la firma San Juan II S.R.L..-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2004.-
 
        VISTO: la Resolución No. 1019/04/3000, de fecha 29/X/04;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso clausurar el establecimiento destinado a expendedor de alimentos -autoservice-, sito en la calle Brig. Gral. Lavalleja No. 10267 Km 19 (Villa García), propiedad de la firma San Juan II S.R.L., R.U.C. 213220740016, cuyo responsable legal es el Sr. Juan Hayrabedian, C.I. 1.306.812-0, con igual domicilio a los efectos legales, por constatarse varias irregularidades en su funcionamiento;
        2o.) que el Sr. Benjamín Juan Hayrabedian, titular de la firma con fecha 11/XI/04, solicita el levantamiento de la clausura;
        3o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria, con fecha 16/XI/04, informa que se han solucionado todos los problemas que dieron lugar a la clausura de que se trata, por lo que solicita el levantamiento de la misma, destacando que se está tramitando la habilitación de dicha dependencia por actuaciones separadas;
        4o.) que la División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades




        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Rehabilitar el funcionamiento del establecimiento destinado a expendedor de alimentos -autoservice-, sito en la calle Brig. Gral. Lavalleja No. 10267 Km 19 (Villa García), propiedad de la firma San Juan II S.R.L., R.U.C. 213220740016, cuyo responsable legal es el Sr. Benjamín Juan Hayrabedian, C.I. 1.306.812-0, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Jefatura de Policía de Montevideo; División Espacios Públicos y Edificaciones; Servicio de Contralor de la Edificación y Central de Inspección General (Unidad de Clausuras) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria a sus efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-