Resolución N° 240/01/3000
Nro de Expediente:
3260-002337-00
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
15/3/2001


Tema:
MULTAS SALUBRIDAD

Resumen:
Aplicar multa a la firma EDYL S.A., por falta de higiene y solicitar orden de allanamiento.-

Montevideo, 15 de Marzo de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la infracción a lo dispuesto en el Art. D.2.159 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública en el interior de la finca, sita en la calle Ellauri No. 918, (Padrón No. 30384), propiedad de la firma Edyl S.A.;
        RESULTANDO: 1o) que en reiteradas inspecciones realizadas por los funcionarios inspectores del citado Servicio, se pudo constatar que la situación imperante en ese lugar se ha visto agravada, tratándose de un foco insalubre, alterando agudamente las condiciones higiénicas sanitarias del lugar, en una zona densamente poblada;
        2o.) que en virtud de resultar imposible establecer en forma fehaciente el domicilio de la firma de referencia, titular del bien padrón No. 30384, se efectuaron las publicaciones pertinentes, prevista en la normativa vigente;
        3o.) que de acuerdo a lo informado por el Servicio de Salubridad Pública, a fs. 22 vta. la situación higiénico- sanitaria es grave;
        4o) que a pesar de las intimaciones reiteradas en varias oportunidades, se hizo omiso a las mismas, por lo que se sugiere la aplicación de una multa de U.R. 16,3569, por infringir lo dispuesto en el Art. 2159, Cap. Unico, Título XI, del Volumen VI, del Digesto Municipal, sanción prevista en el Art. 4o. apartado c y g) del Decreto No. 21,626, y a lo establecido en el Art. 35 de la Ley Orgánica Municipal No. 9515 del 28/X/35;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de U.R. 16,3569 ( Unidades Reajustables dieciséis con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas) a la firma Edyl S.A., por infringir lo dispuesto en el Art. D.2.159, Cap. Unico, Título XI, del Volumen VI del Digesto Municipal, sanción prevista en el Art. 4o. apartado c y g) del Decreto No. 21.626.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Establecer que la División Jurídica proceda a solicitar la Orden de Allanamiento Judicial correspondiente.-
        4. Comuníquese a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 5; Salubridad Pública y Central de Inspección General para la notificación al infractor; Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase- por su orden- a la División Jurídica y al Departamento de Descentralización.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA , Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-