VISTO: la gestión de la Asociación Cultural Inter Arte por la que solicita exoneración de pago del impuesto que grava a los Espectáculos Públicos para el evento denominado "Gala de Clausura del Opera Workshop 2022" de fecha 27 de febrero de 2022, realizado en la Sala Eduardo Fabini del Auditorio del Sodre;
RESULTANDO: 1o.) que la gestionante es una institución sin fines de lucro que fomenta la actividad cultural de nuestro país;
2o.) que la Asesoría Jurídica del Departamento de Recursos Financieros expresa que el espectáculo por el cual se solicita la exoneración no se encuentra comprendido en ninguno de los numerales del artículo 70 del Decreto 15094 y sus modificativos, por lo que de acceder a lo peticionado correspondería remitir un proyecto de decreto a la Junta Departamental por el cual se faculte a esta Intendencia a conferir la exoneración del impuesto a los Espectáculos Públicos;
3o.) que la División Administración Ingresos comparte lo informado por lo que corresponde promover el dictado de la resolución que disponga la exoneración del impuesto a los Espectáculos Públicos al referido evento;
CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente el dictado de un proyecto de decreto a enviar a la Junta Departamental de Montevideo, solicitando se faculte a esta Intendencia a exonerar del impuesto a los Espectáculos Públicos al evento realizado el día 27 de febrero de 2022 en la Sala Eduardo Fabini del Auditorio Nacional del Sodre, denominado "Galas de Clausura de la Ópera Workshop 2022":
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO
Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar del pago del impuesto que grava a los Espectáculos Públicos al evento denominado "Gala de Clausura del Opera Workshop 2022" de fecha 27 de febrero de 2022, realizado en la Sala Eduardo Fabini del Auditorio Nacional de Sodre, organizado por la Asociación Cultural Inter Arte.-
Artículo 2o.- Comuníquese.-
2o.- Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.- |