Resolución N° 2213/08
Nro de Expediente:
5010-008290-07
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
22/5/2008


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto dispuesto por Resolución Nº 689/08, de 13 de febrero de 2008, a favor de la ASOCIACION CIVIL "ARCO IRIS PAYSANDU".-

Montevideo, 22 de Mayo de 2008.-
 
          VISTO: que por Resolución Nº 689/08, de 13 de febrero de 2008, se dispuso aprobar el proyecto de Convenio de Donación Modal a suscribirse entre esta Intendencia Municipal y la Asociación Civil "Arco Iris Paysandú", por la cual se dona a la mencionada Institución, la suma total de $ 1.974.000,oo, que se entregarán en 24 cuotas mensuales y consecutivas, relativas al funcionamiento de los Programas y Proyectos desarrollados por la Asociación o en coordinación con otras organizaciones sociales, sanitarias y de derechos humanos, imputándose para el ejercicio 2008 la suma de $ 260.000,oo (Solicitud 105392);
          RESULTANDO: 1º) que el Tribunal de Cuentas de la República, por resolución adoptada en sesión de 16/4/08 (Carp. 217717, Ent. 1797/08), consideró que la contratación no se ajustó al artículo 33º y concordantes del TOCAF, omitiéndose la celebración de un procedimiento competitivo de contratación y el convenio comenzó a ejecutarse sin haberse recabado la intervención previa que le compete al Tribunal de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 211º, literal B) de la Constitución de la República;
          2º) que el 19 de mayo ppdo., el Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, remite las actuaciones indicando que: 1) el acuerdo celebrado con la mencionada Asociación está enmarcado en las políticas sociales que el Departamento viene desarrollando; 2) que el incumplimiento en el principio de ejecución obedeció a la necesidad de continuar con los servicios prestados a la comunidad y como consecuencia de la obligación del pago de trabajos ya ejecutados; la puesta en práctica de algunos convenios que implican servicios básicos a la comunidad y particularmente la continuidad de dicha prestación no necesariamente condice "strictu sensu" con los tiempos administrados por los controladores de gastos respectivos y 3) por lo demás debe considerarse que la administración efectúa en casos como el de obrados, un proceso competitivo de selección, evaluación y finalmente de elección de las diversas entidades con las que suscribe convenios utilizando parámetros preestablecidos de estricta justicia y que aplican a la instrumentación de las políticas sociales;
          3º) que, en el informe referido se concluye expresando que no solo se trata de una situación de urgencia (literal I del artículo 33º) sino que el acuerdo se celebra con una Asociación Civil sin fines de lucro que ha convenido con el INAU y el MIDES la atención sanitaria de niños, adolescentes y adultos con discapacidades siquiátricas (literal A del artículo 33º);
          CONSIDERANDO: lo previsto en los artículos 211º, inciso B) de la Constitución de la República y 97º del Texto
          Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Reiterar el gasto dispuesto por Resolución Nº 689/08, de 13 de febrero de 2008, a favor de la ASOCIACION CIVIL "ARCO IRIS PAYSANDU" .-
          2.- Se dispone la reiteración del gasto de acuerdo con el informe del Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales, que se indica en los Resultandos 2º) y 3º) de la presente resolución.-
          3.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Recursos Humanos y Materiales, y pase a la Contaduría General.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-