Resolución N° 1928/13
Nro de Expediente:
5220-016873-13
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/5/2013


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se remite a consideración de la Junta Departamental de Montevideo, Proyecto de Decreto para aplicar una multa de U.R. 108 al Sr. Ricardo Píriz, titular del establecimiento destinado a Chatarrería, ubicado en Camino Cibils 5840, por violación de clausura (segunda reincidencia).-

Montevideo, 13 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a Chatarrería, ubicado en Camino Cibils 5840, propiedad del Sr. Ricardo Píriz, C. I. 1.778.691-6;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 587/11/1000, de 6 de diciembre de 2011, se dispuso la clausura del referido establecimiento por falta de regularización correspondiente, aplicándose por Resoluciones Nos. 112/12/1000, de 23/3/12 y 5607/12, de 17/12/12, (violación de clausura y primera reincidencia) multas de U.R. 54 y U.R. 81, respectivamente;
        2o.) que el Servicio Central de Inspección General informa que en inspección realizada el 17/4/13, Orden de Servicio Nº 278228, nuevamente se constató que continúan desarrollándose actividades, pese a mantenerse la clausura dispuesta, razón por la cual solicita la aplicación de una multa de U.R. 108, de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 22 del Decreto Nº 21.626 (segunda reincidencia);
        3o.) que el 26/4/13, la Dirección (I) del mencionado Servicio eleva las actuaciones para su consideración;
        4o.) que el 6/5/13, la Prosecretaría General propicia el dictado de Resolución;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en aplicación de lo preceptuado por el Art. 19, Numeral 30, de la Ley Nº 9.515, de 28/10/35 y Resolución Nº 477/87, de 22/1/87, para las multas comprendidas entre U.R. 70 y U.R. 350, corresponde previo a su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        2o.) que el Decreto Nº 23.708, de la Junta Departamental de Montevideo, promulgado por Resolución Nº 8754/87, de 29/9/87, fija en Unidades Reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta los máximos autorizados por las disposiciones vigentes en la materia;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1º. Facúltase a la Intendencia de Montevideo para aplicar una multa de U.R. 108 (UNIDADES REAJUSTABLES CIENTO OCHO), al Sr. Ricardo Píriz, C. I. 1.778.691-6, titular del establecimiento destinado a Chatarrería, ubicado en Camino Cibils 5840, por violación de clausura (segunda reincidencia), de acuerdo con lo establecido en el Art. 22 del Decreto Nº 21.626, de 23 de abril de 1984.-
        Artículo 2º. Comuníquese.-
        2.- Comuníquese al Servicio Central de Inspección General y cúmplase lo dispuesto en el numeral 1o.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-