VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Licitación Pública Nacional Nº 139/19/01 para realizar las obras de acondicionamiento del asentamiento “Campichuelo Itapé”;
RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 4647/19 del 25/IX/19 se resolvió adjudicarla ad-referéndum del Tribunal de Cuentas de la República y de la no objeción del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para realizar las obras de acondicionamiento del asentamiento “Campichuelo Itapé” a la empresa CIEMSA por un monto total y único de $ 84.124.827,81 impuestos y leyes sociales incluidos;
2º) que en la citada resolución se estableció que la totalidad del financiamiento de la LPN Nº139/19/01 correspondía al Programa de Mejoramiento de Barrios II (PMB II) del MVOTMA incluyendo los ajustes paramétricos correspondientes;
3º) que la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI informa que: a) la obra será co-financiada de acuerdo al siguiente detalle: esta Intendencia financiará la suma de $18.873.222,89 que incluye básico, IVA y leyes sociales más los ajustes paramétricos correspondientes y el PMB II del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT) financiará la suma de $ 65.251.604,92 monto que incluye básico, IVA y leyes sociales más los ajustes paramétricos correspondientes y b) por lo cual, se propicia la modificación del citado acto administrativo en el sentido planteado;
4º) que en tal sentido, se ingresó al SEFI las solicitudes de preventiva Nos. 237910 por $ 16.682.171,15 (acreedor 51 CIEMSA) y 237911 por $ 2.191.051,74 (acreedor 1790-BPS);
CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1º. Establecer que las obras de acondicionamiento del asentamiento “Campichuelo Itapé” adjudicadas a la empresa CIEMSA por Resolución Nº 4647/19 del 25/IX/19 cuyo monto asciende a la suma de $ 84.124.827,81 impuestos y leyes sociales incluidos serán co-financiadas de acuerdo al siguiente detalle: esta Intendencia financiará la suma de $18.873.222,89 (pesos uruguayos dieciocho millones ochocientos setenta y tres mil doscientos veintidós con ochenta y nueve centésimos) que incluye básico, IVA y leyes sociales más los ajustes paramétricos correspondientes y el PMB II del MVOT financiará la suma de $ 65.251.604,92 (pesos uruguayos sesenta y cinco millones doscientos cincuenta y un mil seiscientos cuatro con noventa y dos centésimos) monto que incluye básico, IVA y leyes sociales más los ajustes paramétricos correspondientes.-
2º. Establecer que el monto de $18.873.222,89 (pesos uruguayos dieciocho millones ochocientos setenta y tres mil doscientos veintidós con ochenta y nueve centésimos) a financiar por esta Intendencia se desglosará de la siguiente forma: un básico de $ 13.673.910,78 (pesos uruguayos trece millones seiscientos setenta y tres mil novecientos diez con setenta y ocho centésimos), $ 3.008.260,37 (pesos uruguayos tres millones ocho mil doscientos sesenta con treinta y siete centésimos) correspondientes al IVA y $ 2.191.051,74 (pesos uruguayos dos millones ciento noventa y un mil cincuenta y uno con setenta y cuatro centésimos) por concepto de leyes sociales y los ajustes paramétricos que correspondan.-
3º. Establecer que el monto de $ 65.251.604,92 (pesos uruguayos sesenta y cinco millones doscientos cincuenta y un mil seiscientos cuatro con noventa y dos centésimos) a financiar por el PMB II del MVOT se desglosará de la siguiente forma: un básico de $ 47.838.080,42 (pesos uruguayos cuarenta y siete millones ochocientos treinta y ocho mil ochenta con cuarenta y dos centésimos), $ 10.524.377,69 (pesos uruguayos diez millones quinientos veinticuatro mil trescientos setenta y siete con sesenta y nueve centésimos) correspondiente al IVA y $ 6.889.146,81 (pesos uruguayos seis millones ochocientos ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis con ochenta y un centésimos) por concepto de leyes sociales y los ajustes paramétricos que correspondan.-
4º. Atender las erogaciones resultantes con cargo a la Actividad 504005501, Derivado 382000.-
5º. Comuníquese al Departamento de Secretaría General para su transcripción al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, a la Unidad Especial Ejecutora de Atención al PIAI y pase a la Contaduría General.- |