Resolución N° 1835/21
Nro de Expediente:
2021-2230-98-000349
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
18/05/2021


Tema:
EXONERACIONES

Resumen:
EXONERACIÓN TRIBUTOS: SE REMITE A LA JUNTA DEPARTAMENTAL UN PROYECTO DE DECRETO PARA EXONERAR A LA ASOCIACIÓN CRISTIANA DE JÓVENES DEL PAGO DEL 100% DE LA TASA GENERAL RESPECTO A LOS INMUEBLES PADRONES NOS. 14.691/1, 409.904, 14.401, 78.980 Y 153.410, POR EL EJERCICIO 2021 Y HASTA EL 31/12/2025, MIENTRAS SE MANTENGAN LAS CONDICIONES ACTUALES EN CUANTO A LA VINCULACIÓN JURÍDICA Y DESTINO DE LOS INMUEBLES, POR LO QUE LA INTENDENCIA DEJARÁ DE PERCIBIR ANUALMENTE LA SUMA TOTAL APROXIMADA DE $ 519.492,00.

Montevideo, 18 de Mayo de 2021.-
 

VISTO: la gestión de la Asociación Cristiana de Jóvenes por la que solicita exoneración de pago  de la Tasa General respecto a los inmuebles padrones Nos. 14.401, 14.691/1, 78.980, 153.410 y 409.904;


RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, según Decreto No. 37.359 de 12/12/2019, promulgado por Resolución No. 0158/20 de 13/01/2020, hasta el ejercicio 2020, mientras se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la vinculación jurídica y destinos de los inmuebles;


2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la solicitud no se encuentra amparada por la normativa departamental vigente, no obstante, en virtud de que en ejercicios anteriores la exoneración fue otorgada por vía de excepción, correspondería que la Superioridad considere si procede otorgar nuevamente la exoneración del 100% de la Tasa General respecto a los padrones Nos. 14.401, 14.691/1, 78.980, 153.410 y 409.904, cuentas corrientes Nos. 2146212, 689385, 715747, 3980656 y 930970, respectivamente, por el periodo 01/01/2021 a 31/12/2021, siempre que se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la vinculación jurídica y destinos de los inmuebles, al mantenerse incambiados los antecedentes que motivaron la anterior gestión ante el Legislativo Departamental, por lo que la Intendencia dejaría de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 519.492,00;


3o.) que la División Administración de Ingresos sugiere se considere evaluar la conveniencia de otorgar la exoneración solicitada por vía de excepción remitiendo proyecto de decreto a la Junta Departamental de Montevideo;


CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros entiende que procede acceder a lo solicitado previa anuencia de la Junta Departamental de Montevideo, por la cual se faculte a la Intendencia a conferir la exoneración hasta el 31/12/2025, siempre que se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la vinculación jurídica y destino de los inmuebles;

LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
RESUELVE:

1o.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para exonerar a la Asociación Cristiana de Jóvenes del pago del 100% de la Tasa General  respecto a los inmuebles padrones Nos. 14.691/1,  409.904, 14.401, 78.980 y 153.410, cuentas corrientes Nos. 2146212, 689385, 715747, 3980656 y 930970, respectivamente, por el ejercicio 2021 y hasta el 31/12/2025, mientras se mantengan las condiciones actuales en cuanto a la vinculación jurídica y destino de los inmuebles, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 519.492,00 (pesos uruguayos quinientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y dos).-

Artículo 2o.-   La Asociación Cristiana de Jóvenes,  queda obligada a comunicar a la Intendencia de Montevideo, Servicio de Ingresos Inmobiliarios, todo cambio que se produzca en la titularidad de los inmuebles.-


Artículo 3o.- Comuníquese.-


2o.- Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-

 

ANA CAROLINA COSSE GARRIDO, INTENDENTA DE MONTEVIDEO.-

OLGA BEATRIZ OTEGUI PINTOS, SECRETARIA GENERAL.-