Resolución N° 1919/12
Nro de Expediente:
6402-001328-11
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
14/5/2012


Tema:
TASACION DE EXPROPIACION

Resumen:
Aprobar la tasación que corresponde pagar por la expropiación total del bien inmueble empadronado con el Nº 180.255, ubicado entre las calles Atahona, Caicobé y Valdenegro, con destino a la Cartera de Tierras, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15, Municipio C, por un monto equivalente a U.I. 3:346.482,01 (Unidades Indexadas tres millones trescientas cuarenta y seis mil cuatrocientas ochenta y dos con 01/100).-

Montevideo, 14 de Mayo de 2012.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación total del bien inmueble empadronado con el Nº 180.255, ubicado entre las calles Atahona, Caicobé y Valdenegro, con destino a la Cartera de Tierras, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15, Municipio C;
          RESULTANDO: 1º) que por Decreto Nº 33.937 de la Junta Departamental de Montevideo, de fecha 6 de octubre de 2011 y Resolución Nº 4851/11 de la Intendenta de Montevideo, de fecha 24 de octubre de 2011, ha sido designado para ser expropiado totalmente el citado bien;
          2º) que la Unidad de Expropiaciones y Topografía, con fecha 31 de enero de 2012 informa que:
          a) el predio se encuentra ubicado en Zona Urbana Intermedia, en el barrio Prado-Capurro: Uso Preferente Residencial con servicos y equipamientos compatibles;
          b) el Régimen de Gestión del Suelo es Régimen Patrimonial Urbano;
          c) el inmueble que se expropia totalmente tiene un área de 4.354,58 m2, según Plano de Mensura del Ing. Agrim. Rubens A. Quintana, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro el 23 de agosto de 1949, con el Nº 21.394;
          d) es un predio frentista a las calles Atahona y Caicobé, con una conformación regular y una topografía sin cambios bruscos. Dicho predio en la actualidad, se encuentra baldío;
          e) el monto total de la indemnización a pagar por la expropiación total del padrón, de acuerdo a los valores en la zona, su configuración, topografía y normativa para la edificación, juntamente con todo tipo de daños y perjuicios derivados de la expropiación, asciende a la suma de U.I 3:346.482,01 (Unidades Indexadas tres millones trescientas cuarenta y seis mil cuatrocientas ochenta y dos con 01/100);
          3º) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Acondicionamiento Urbano, realizó la imputación preventiva SEFI Nº 145.432;
          CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Planificación es de opinión favorable a que se apruebe la tasación de obrados;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º. Aprobar la tasación que corresponde pagar por la expropiación total del bien inmueble empadronado con el Nº 180.255, ubicado entre las calles Atahona, Caicobé y Valdenegro, con destino a la Cartera de Tierras, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 15, Municipio C, por un monto equivalente a U.I 3:346.482,01 (Unidades Indexadas tres millones trescientas cuarenta y seis mil cuatrocientas ochenta y dos con 01/100.-
          2º. Atender dicha erogación de acuerdo a la Solicitud SEFI Nº 145.432.-
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Acondicionamiento Urbano y de Movilidad; al Municipio C; a la División de Planificación Territorial; a los Servicios de Escribanía, de Regulación Territorial y C.C.Z. Nº 15; a la Unidad de Expropiaciones y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-