Resolución N° 506/17
Nro de Expediente:
2016-1402-98-000048
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
30/1/2017


Tema:
PROYECTO DE DECRETO

Resumen:
Se solicita anuencia a la Junta Departamental de Montevideo para la aplicación de una multa de UR 80 a la firma FNC SA (Fábrica Nacional de Cervezas), RUT No. 210114160015.

Montevideo, 30 de Enero de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con los incumplimientos de la empresa FNC SA (Fábrica Nacional de Cervezas), RUT No. 210114160015, Centro de Distribución, ubicado en el Cno. Bajo de la Petiza No. 5593, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17, correspondiente al Municipio A;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Efluentes Industriales, dependiente del Servicio de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, en inspección del día 28 de octubre de 2016 a la zona del Cno. Bajo de la Petiza y Tomkinson pudo observar vertidos a la cuneta en tiempo seco desde el padrón No. 422.767 (Cno. Bajo de la Petiza No. 5593) donde está instalado el Centro de Distribución de la FNC;
        2o.) que la Unidad actuante informa que se tomaron registros fotográficos y muestras para su análisis en laboratorio, cuyo informe confirma incumplimientos en los parámetros PH, Fósforo Total y DBO;
        3o.) que continúa indicando que la misma situación ya fue constatada en setiembre de 2010 y junio de 2011 originando en esa ocasión una multa de UR 70 (Resolución No. 529/12 de fecha 6 de febrero de 2012) y también en agosto de 2012 que generó una multa de UR 100 (Resolución No. 10/13 de fecha 2 de enero de 2013);
        CONSIDERANDO: 1o.) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, otorgándose la vista correspondiente;
        2o.) que en los descargos presentados por la empresa se confirma la detección del desprendimiento y posterior reparación de barrera de contención en zona de derrames;
        3o.) que la Abogada Asesora del Departamento de Desarrollo Ambiental indica que corresponde la aplicación de una multa de UR 80 (unidades reajustables ochenta) a la firma de referencia, por incumplimiento del Decreto No. 13.982, de fecha 27 de junio de 1967, "Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales", artículos 1o. y 5o., en concordancia con el Art. 11o. (Penalidades por incumplimientos) y al Art. 7o., Numeral 21, Literal b, de la Resolución No. 2287/13 de fecha 3 de junio de 2013 que establece: "Efluentes industriales. Evacuación de líquidos residuales en contravención a las normas de saneamiento";
        4o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, para la aplicación de la
        multa gestionada;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar una multa de UR 80 (unidades reajustables ochenta) a la firma FNC SA (Fábrica Nacional de Cervezas), RUT No. 210114160015, Centro de Distribución, ubicado en el Cno. Bajo de la Petiza No. 5593, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 17, correspondiente al Municipio A, por contravenir el Decreto No. 13.982, de fecha 27 de junio de 1967, "Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales", artículos 1o. y 5o., en concordancia con el Art. 11o. (Penalidades por incumplimientos) y al Art. 7o., Numeral 21, Literal b, de la Resolución No. 2287/13 de fecha 3 de junio de
        2013.

        Artículo 2o. Comuníquese.
        2o.-Pase al Departamento de Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-