Resolución N° 1946/18
Nro de Expediente:
2018-7425-98-000006
 
DESARROLLO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/4/2018


Tema:
ENAJENACIONES

Resumen:
Se enajena el Solar Nº 9, Manzana D del Ex-Barrio en Condominio Nº 4, predio empadronado con el Nº 413.564, sito en la calle Edrulfo Olivera Nº 4076, a favor de la Sra. María de los Ángeles Martínez Fernández y del Sr. Juan Ariel Severo Silveira.-

Montevideo, 30 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: que la Sra. María de los Ángeles Martínez Fernández y el Sr. Juan Ariel Severo Silveira, C.I. Nos. 4.178.497-2 y 3.427.572-4 respectivamente, solicitan se les adjudique el Solar Nº 9, Manzana D del Ex-Barrio en Condominio Nº 4, predio empadronado con el Nº 413.564, sito en la calle Edrulfo Olivera Nº 4076;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) las personas beneficiarias han acreditado ocupación del predio con una antigüedad mayor a 5 años, conforme a lo que establece el Decreto Nº 31.667 del 30/III/06, promulgado por Resolución Nº 1.333/06 del 25/IV/06; b) el Servicio de Catastro y Avalúo estableció para el predio un valor de 236 U.R.; c) se dio cumplimiento a lo dispuesto por Resolución Nº 961/05 del 28/II/05 en cuanto a abonar la suma de 2 U.R.; d) el solar se encuentra en condiciones reglamentarias en virtud de que la evacuación de las aguas servidas se resuelve dentro de su propia área sin causar perjuicios a terceros/as y e) por lo expuesto propicia su adjudicación autorizando a prometer en venta en 59 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 4 U.R. hasta saldar el valor de tasación, según declaración de las personas gestionantes que luce en estas actuaciones;
        2°) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Urbano entiende que corresponde proceder en tal



        sentido;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar el Solar Nº 9, Manzana D del Ex-Barrio en Condominio Nº 4, predio empadronado con el Nº 413.564, sito en la calle Edrulfo Olivera Nº 4076, a favor de la Sra. María de los Ángeles Martínez Fernández y del Sr. Juan Ariel Severo Silveira, C.I. Nos. 4.178.497-2 y 3.427.572-4 respectivamente, una vez integrada la totalidad del precio, conforme al Decreto Nº 31.667 del 30/III/06 y su modificativo Nº 35.834 del 25/II/16.-
        2º.- Establecer como precio de enajenación la suma de 236 U.R. (doscientas treinta y seis unidades reajustables) que se pagará en 59 (cincuenta y nueve) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables).-
        3º.- Comuníquese al Municipio D, al Departamento de Secretaría General para conocimiento de la Junta Departamental de Montevideo, a Contaduría General y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I.).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-