Resolución N° 1271/05
Nro de Expediente:
4300-000953-05
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
14/3/2005


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convalidar lo actuado por la División Salud y Programas Sociales y aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Asociación Pro Fomento Social y Edilicia Tres Ombúes, con el objeto de continuar con el Programa de Atención a la Salud de la Zona No 14, médica y odontológica, sustentada por la Comisión de Salud y sus servicios barriales.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2005.-
 
      VISTO: que la División Salud y Programas Sociales gestiona la suscripción de un Convenio con la Asociación Pro Fomento Social y Edilicia Tres Ombúes, en el marco del Programa de Atención a la Salud;
      RESULTANDO: 1o) que el mismo tiene por objeto continuar con la atención comunitaria a la salud en la Zona No 14 en las áreas médica y odontológica, sustentada por la Comisión de Salud y sus servicios barriales;
      2o) que la erogación resultante será atendida con cargo a la solicitud SEFI Nro. 81816;
      CONSIDERANDO: 1o) que la Dirección General del Departamento de Descentralización se expresa de conformidad;
      2o) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente, se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la Constitución de la República;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1. Convalidar lo actuado por la División Salud y Programas Sociales y aprobar el siguiente proyecto de Convenio a suscribirse entre esta Comuna y la Asociación Pro Fomento Social y Edilicia Tres Ombúes, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los ............... días del mes de ........... del año dos mil cinco, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por................................................, con domicilio en esta ciudad en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Asociación Pro Fomento Social y Edilicia Tres Ombúes, en adelante la Asociación, representada por ........................................., con domicilio en esta ciudad en la calle ......................., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES: La Zona No. 14 posee una rica experiencia en participación comunitaria vinculada a salud, a través del sustento de servicios barriales de atención a la salud y a la conformación de una Comisión de Salud con participación de vecinos procedentes de dichos servicios. La Asociación, en carácter de integrante de dicha Comisión, brinda su personería jurídica desde 1992 para la suscripción de convenios con la Intendencia relacionados con: I) el desarrollo del Programa de Atención a la Salud del Adolescente, el cual se viene llevando a cabo en tres zonas de Montevideo (Zonas Nos. 14, 15 y 16), e inicialmente contó con el apoyo del CLAP y de la Fundación Kellog y II) el apoyo a los servicios comunitarios de salud, médico y odontológico, en la Zona No. 14, que se ha venido cumpliendo mediante la transferencia de fondos para la contratación de técnicos que trabajan en distintos locales comunitarios, los cuales recibieron el aporte económico inicial de la Intendencia para la realización de refacciones.- SEGUNDO: OBJETO: Este Convenio propone la continuidad de la actividad de atención comunitaria a la salud, médica y odontológica, en la Zona No. 14 sustentada por la Comisión de Salud y sus servicios barriales, a través de la transferencia de fondos a dicha Asociación para la contratación de técnicos y el asesoramiento y apoyo de parte del equipo social del Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 y de la División Salud y Programas Sociales.- TERCERO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA: I) La Intendencia se compromete a transferir a la Asociación, a título de donación modal la suma de hasta $ 95.000,oo (pesos uruguayos noventa y cinco mil) mensuales más el 3% de dicha suma para gastos imprevistos, reajustable de acuerdo a criterios fijados por la Intendencia, destinada al pago del personal profesional universitario contratado, y de las retribuciones, beneficios y cargas sociales correspondientes al personal no comprendido en la situación precedente. Las sumas mensuales que no resulten efectivamente transferidas por los conceptos antes indicados conformarán un fondo destinado a atender retribuciones y erogaciones extraordinarias e imprevistas del personal mencionado. II) La Intendencia se hace cargo de la póliza del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades de los profesionales a través del Convenio con la Asociación para la gestión del Programa de Adolescentes. III) La Intendencia brindará los siguientes apoyos al Programa de Atención Zonal de Zona No. 14: a) supervisión y coordinación de la actividad de salud comunitaria brindada por estos profesionales a través de la Coordinación Regional del Servicio de Atención a la Salud; b) apoyo administrativo para el cumplimiento de sus responsabilidades de registros, pagos y rendiciones y c) medicamentos y papelería para el desarrollo de la tarea.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION: La Asociación se obliga a: a) dar continuidad a los contratos del personal destinado al apoyo de las policlínicas comunitarias y siguiendo los criterios de acción de la Comisión de Salud de la Zona No. 14; b) llevar los registros contables y seguir las normas de registración y control que la Intendencia determine a través de los Departamentos correspondientes; c) mantener la apertura de su cuenta bancaria a los efectos de afectar a través de ella todos los movimientos de fondos (depósitos y pagos) y d) presentar rendición de cuentas mensuales dentro de los 15 (quince) días de cerrado cada mes, ante la Unidad Central de Auditoría Interna de la Intendencia.- QUINTO: PLAZO: El presente Convenio comenzó a regir a partir del 1/III/05 y se extenderá hasta el 31/XII/05, prorrogándose automáticamente por períodos de un año, excepto que alguna de las partes con una anticipación no menor a 30 (treinta) días de la finalización de cada período, le comunique a la otra su voluntad contraria a que opere dicha prórroga.- Para constancia y como prueba de conformidad se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2. Delegar en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.-
      3. Establecer que la erogación resultante se atenderá con cargo a la solicitud SEFI Nro. 81816.-
      4. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Servicios Centro Comunal Zonal No. 14; de Relaciones Públicas; Prensa y Comunicación; Escribanía; Unidades Central de Auditoría Interna; Central de Presupuesto; de Convenios y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización; Junta Local de la Zona No. 14 y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la División Salud y Programas Sociales.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal.-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-