Resolución N° 3865/07
Nro de Expediente:
4740-046501-07
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
1/10/2007


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por "VAPOMAR S.A.", contra la multa de tránsito aplicada al vehículo matrícula SBF 1321, el 4 de julio de 2007, según Intervenido No. 324240, utilizado para desempeñar su actividad de publicidad dinámica, por contravención a lo dispuesto por Resolución No. 1617/07, de 14 de mayo de 2007

Montevideo, 1 de Octubre de 2007.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por "VAPOMAR S.A.", contra la multa de tránsito aplicada al vehículo matrícula SBF 1321, el 4 de julio de 2007, según Intervenido No. 324240, utilizado para desempeñar su actividad de publicidad dinámica, por contravención a lo dispuesto por Resolución No. 1617/07, de 14 de mayo de 2007;
          RESULTANDO: 1o.) que la compareciente expresa que la sanción impuesta le causa un profundo agravio, y se reserva el derecho de explicitar ampliamente las consideraciones de hecho y de derecho en que se apoya la impugnación;
          2o.) que a fs. 14, la Dirección del Servicio de Vigilancia, compartiendo lo dictaminado por la Comisión Asesora de Apelaciones de Multas, ratifica lo actuado, y a fs. 15, el Director de la División Tránsito y Transporte franquea el recurso de apelación en subsidio;
          CONSIDERANDO: 1o.) que de fs. 16 a 18, la Asesoría Jurídica informa que desde el punto de vista formal, los recursos fueron interpuestos en tiempo y forma;
          2o.) que en lo concerniente al aspecto sustancial, la precitada Asesoría manifiesta que pese al tiempo transcurrido, la firma recurrente no fundamentó la impugnación;
          3o.) que la sanción tiene fundamento en la prohibición de circular y estacionar vehículos de cualquier porte dispuesta por Resolución No. 1617/07, para aquellos vehículos con o sin motor acondicionados para realizar propaganda;
          4o.) que en mérito a lo expuesto, y ajustándose la sanción aplicada a los hechos constatados por los funcionarios intervinientes, la Asesoría Jurídica aconseja no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por "VAPOMAR S.A.", contra la multa de tránsito aplicada al vehículo matrícula SBF 1321, el 4 de julio de 2007, según Intervenido No. 324240, utilizado para desempeñar su actividad de publicidad dinámica, por contravención a lo dispuesto por Resolución No. 1617/07, de 14 de mayo de 2007.-
          2.- Pase a la División Tránsito y Transporte, para la notificación de la interesada, a través de la Unidad Central de Notificaciones del Servicio Central de Inspección General, y demás efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-