Resolución N° 2040/06
Nro de Expediente:
1001-040485-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
15/6/2006


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Aprobar texto Convenio IMM-Henderson y Cía. S.A., obras civiles instalación semáforos, Avda. Dr. Luis A. de Herrera Nº 4462.-

Montevideo, 15 de Junio de 2006.-
 
        VISTO: la necesidad de realizar obras civiles, con la instalación de semáforos, a los efectos de mitigar el impacto urbano con motivo de las obras de ampliación del supermercado ubicado en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera Nº 4462, propiedad de Henderson y Cía. S.A.;
        RESULTANDO: 1º) que dichas obras fueron solicitadas como condicionantes para aprobar la factibilidad, en el trámite de Impacto Urbano aprobada por Resolución Nº 747/06 del 20/II/06, según se establece en el Acta de Mitigación firmada el 2/I/06 que se agrega al expediente Nº 6441-000847-05;
        2º) que entre las obras a realizar por la Empresa, a los efectos de mitigar la ampliación referida, se incluye la instalación de un semáforo frente al acceso al supermercado y otras de canalización del tránsito;
        3º) que en tal sentido el Servicio de Ingeniería de Tránsito da cuenta de las obras civiles necesarias para su montaje, croquis del proyecto, estimación de costos y materiales necesarios para la puesta en funcionamiento, según consta de fs. 38 a fs. 44 de estas actuaciones;
        4º) que el Servicio de Estudios y Proyectos Viales solicita la aprobación del proyecto vial de acuerdo a los recaudos agregados, que serán totalmente ejecutados a cargo de la empresa;
        5º) que se promueve la aprobación de un convenio conforme al texto que luce de fs. 46 a fs. 48 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración, de posibilitar la concreción de las obras mediante el apoyo privado, por lo que corresponde la aprobación del convenio respectivo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar la ejecución de las obras de canalización y semaforización del cruce de la Avda. Dr. Luis A de Herrera y la Avda. Millán , por parte y cargo de la empresa Henderson y Cía. S.A., según recaudos agregados de fs. 27 a fs. 42 de estas actuaciones.-
        2º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y Henderson y Cía. S.A.:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo, a los …………….del mes de mayo de dos mil seis, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante “la Intendencia”), R.U.C. 211763350018, con domicilio en Avenida 18 de Julio No. 1360 de Montevideo, representada en este acto por ……….- POR OTRA PARTE: “HENDERSON Y CIA. S.A.” con domicilio en la calle ….., representada por ….. según se acredita por certificado notarial que se adjunta, inscripta en el Registro Unico de Contribuyentes con el No. ……., quien en adelante se denominará “la Empresa”, acuerdan la celebración del siguiente CONVENIO: PRIMERO.- ANTECEDENTES: I) Por Resolución No. 747/06 de 20 de febrero de 2006, se aprobó la factibilidad de impacto urbano, por la ampliación propuesta por Henderson y Cia. S.A., del Supermercado Tienda Inglesa, sucursal Posadas, ubicada en la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera No. 4462, padrón No. 418.761. II) La referida aprobación está sujeta al cumplimiento de los extremos señalados en el informe de la Comisión Técnica creada por Resolución No. 3336/01 de 10/9/01, que fueron recogidos en el Acta de Mitigación de Impacto suscrita, que luce de fs. 52 a fs. 54 del expediente Nº 6441-000847-05. III) Entre las obras a realizar por la empresa a efectos de mitigar el impacto de la ampliación referida, se incluye la instalación de un semáforo frente al acceso del Supermercado Tienda Inglesa, por la Avda. Dr. Luis Alberto de Herrera. IV) A fs. 39, 43 y 44 del expediente Nº 6400-001758-05 el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa sobre las obras civiles necesarias para el montaje del semáforo, croquis del proyecto, estimación de costos y materiales necesarios para su puesta en funcionamiento.- SEGUNDO.-OBJETO: El objeto del presente convenio consiste en instrumentar la forma de gestionar las obras necesarias para la instalación de los semáforos en la Avda. Dr. Luis A. de Herrera, frente al acceso al supermercado Tienda Inglesa, sucursal Parque Posadas.- TERCERO.- OBLIGACIONES: 1) La I.M.M. se obliga a: a) elaborar a través del Servicio de Ingeniería de Tránsito un proyecto de las obras a realizar; b) brindar el asesoramiento técnico y controlar la ejecución de las obras a realizar; c) suministrar los materiales detallados en la planilla que luce a fs. 44 del expediente señalado en la cláusula primera numeral IV) del presente, a saber controlador, artefactos, abrazaderas, lámparas y cable, a efectos de ser colocados en los semáforos. d) realizar el montaje de la instalación semafórica; e) registrar la obra ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Banco de Previsión Social; 2) La Empresa se obliga a: a) una vez que le hubiere sido entregado por parte de la Intendencia el proyecto referido en el numeral 1) del literal a) de la presente cláusula, contratar la empresa constructora y ejecutar a su costo la obra civil necesaria para la instalación de los semáforos de acuerdo con dicho proyecto, las especificaciones técnicas que se adjuntan y forman parte del presente convenio y las directivas que imparta el Servicio Ingeniería de Tránsito; b) entregar a la Intendencia en el Servicio de Tesorería, antes del quinto día hábil a partir de la firma del presente convenio, en valor efectivo, la suma de U$S 5.393 (cinco mil trescientos noventa y tres dólares americanos) para la adquisición de los materiales detallados en la planilla que luce a fs. 44 del expediente Nº 1001-040485-02; c) tomar a su cargo la totalidad de los aportes por construcción que se generen ante el Banco de Previsión Social, durante todo el plazo de las obras; la Contaduría General de la Intendencia, realizará mensualmente la liquidación de los aportes, cuyo pago efectivizará la empresa, la que deberá acreditarlo ante la Contaduría General de la Intendencia. CUARTO.- PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS: Las obras correspondientes deberán iniciarse dentro del plazo de 15 (quince días) hábiles a partir del momento en que la Intendencia entregue el proyecto de las mismas y deberán estar finalizadas dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles y laborables. Se consideran días hábiles, aquellos definidos como tales en el art. 69º del Pliego de Condiciones Generales para la Construcción de Obras de la I.M.M..- QUINTO.- RESPONSABILIDADES: Sin perjuicio de la cláusula anterior en cuanto a que la Intendencia realizará el control de la ejecución de las obras, Henderson y Cia. S.A., asume la responsabilidad jurídica y económica que pudiera derivarse de los actos, hechos y actividades cuya ejecución toma a su cargo por este convenio y en especial asume todas las responsabilidades respecto de las contrataciones y subcontrataciones que pueda efectuar con terceros y de las consecuencias que de ella se deriven. Dicha responsabilidad cesará una vez que los semáforos entren en funcionamiento.- SEXTO.- RESCISION: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la empresa que le sean exclusivamente imputables, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión del convenio por parte de la I.M.M.. Se considerará que la empresa ha incurrido en incumplimiento, que amerite la rescisión del contrato, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro de los 15 (quince) días siguientes, no lo rectificara, salvo que la conducta verificada, implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. En la hipótesis de incumplimiento de la empresa, según este contrato y la documentación vinculada al presente, que pudiere dar lugar a la rescisión del convenio, serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación de los procedimientos administrativos en esta Intendencia Municipal (Digesto Municipal, Libro II “Del Procedimiento”, artículos R. 20 a R. 113.8), que la empresa declara conocer y aceptar en todos sus términos.- SEPTIMO.- SUPERVISION: La Intendencia por intermedio del Servicio de Ingeniería de Tránsito, así como de la Junta Local de la Zona Nº 15 en lo que corresponde a sus competencias, supervisarán la realización de los trabajos objeto de este acuerdo y el cumplimiento de las obligaciones asumidas- OCTAVO.- DEMORA: La demora en la finalización de la obra de acuerdo a lo previsto en la cláusula Cuarta, determinará la aplicación de una multa diaria de 10 U.R. (diez unidades reajustables), hasta verificarse la efectiva finalización de la misma.- NOVENO.- ESTIPULACIONES ESPECIALES: Las partes acuerdan: a) la indivisibilidad de las obligaciones asumidas; b) constituir domicilios especiales para todos los efectos judiciales o extrajudiciales a que dé lugar este convenio en los indicados como suyos en la comparecencia; c) darle plena validez a las comunicaciones efectuadas entre sí por telegrama colacionado y d) pactar la mora automática Para constancia y como prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
        2º.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Servicio de Escribanía y pase por su orden a la Contaduría General, al Departamento de Acondicionamiento Urbano y al Servicio de Ingeniería





        de Tránsito.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-