Resolución N° 379/00
Nro de Expediente:
2230-008977-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
31/1/2000


Tema:
PROYECTOS DE DECRETOS

Resumen:
Se remite a la Junta Departamental de Montevideo un proyecto de Decreto facultando a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar al Ministerio de Salud Pública (M.S.P.), del pago de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 3.798, por lo períodos que se detallan en el expediente No. 2230-008977-99.

Montevideo, 31 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Ministerio de Salud Pública (M.S.P.), solicitando exoneración de pago de los tributos municipales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No 3.798, ubicado en la calle Circunvalación Durango Nos. 332 al 348 y Alzaibar No. 1371;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que el referido inmueble fue adquirido por Testamento de Don Alejo Rossell y Rius, por Auto de fecha 3 de mayo de 1932;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa que el Art. 14o. del Decreto No. 24.754 dispuso la subsistencia de las normas exentivas de carácter impositivo que gravan a los inmuebles pertenecientes a dicho organismo; en consecuencia, el Ministerio de Salud Pública se encuentra exonerado del pago de la Contribución Inmobiliaria, pero no de la Tasa General Municipal y demás tasas domiciliarias, debiéndose promover un proyecto de Decreto a la Junta Departamental, a efectos de que se autorice en forma excepcional la exoneración solicitada;
        CONSIDERANDO: que la División Administración Fiscal expresa que la inmunidad fiscal dispuesta por el Art. 463o.


        de la Ley No. 16.226 en favor del Estado, sólo alcanza a los impuestos, en consecuencia, corresponde obtener la anuencia de la Junta Departamental de Montevideo para conceder el beneficio fiscal por vía de excepción;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Remitir a la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
          Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para exonerar al Ministerio de Salud Pública (M.S.P.), del pago de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 3.798, de acuerdo al siguiente detalle:
          UBICACION PERIODO A EXONERAR
          Alzaibar No. 1371 05/99 a 31/12/99
          Circ. Durango No. 332 03/82 a 31/12/99
          Circ. Durango No. 334 06/71 a 31/12/99
          Circ. Durango No. 344 07/98 a 31/12/99
          Circ. Durango No. 348 09/96 a 31/12/99
          Artículo 2o.- La exoneración que se promueve se mantendrá en tanto el M.S.P. continúe ocupando el inmueble. El M.S.P. deberá dar conocimiento a la I.M.M. en caso de enajenación del bien a terceros.-
          Artículo 3o.- Comuníquese.-
        2o.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-