Resolución N° 2522/16
Nro de Expediente:
7420-000721-15
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
6/6/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aprobar el siguiente texto de un Contrato de Mutuo Disenso a firmarse con 3G TOURS S.R.L., R.U.T. Nº 217207200014, por los Locales de la Terminal Colón D1 y D5.

Montevideo, 6 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma de un Contrato de Mutuo Disenso por Locales de la Terminal Colón;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 454/14 del 3 de febrero de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Arrendamiento de Locales Comerciales de la Terminal Colón;
        2º) que el 6 de noviembre de 2014 se firmó el Contrato de Arrendamiento entre la Intendencia de Montevideo y 3G TOURS S.R.L., R.U.T. Nº 217207200014, por los locales 1 y 5 ubicados en la Zona D, cuyo plazo es hasta el 1º/04/2019;
        3º) que 3G TOURS S.R.L. solicita la rescisión del contrato correspondiente a los mencionados locales y la devolución de la garantía por ellos;
        4º) que la División Asesoría Jurídica realizó un proyecto de Contrato de Mutuo Disenso, el cual luce a fs.15 del presente expediente, con el fin de dejar sin efecto el Contrato de Arrendamiento al 30/09/2015 y descontar de la garantía, si correspondiera, los montos que ella adeude por concepto de precio del arrendamiento, consumos, conservación , etc.;
        5º) que la División Promoción Económica entiende conveniente la suscripción del contrato de Mutuo Disenso y que se proceda a la devolución de la garantía en caso que correspondiere;
        6º) que la Oficina Observatorio de Tránsito de la División Transporte informa que el depósito en garantía de 3G TOURS S.R.L., fue constituido en Fianza Solidaria del Banco Santander;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Movilidad entiende oportuno proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aprobar el siguiente texto de un Contrato de Mutuo Disenso a firmarse con 3G TOURS S.R.L., R.U.T. Nº 217207200014, en los siguientes términos:
        MUTUO DISENSO.- En la ciudad de Montevideo, el… POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, representada en este acto por… en su calidad de…., inscripta en el R.U.T. de la D.G.I. con el Nº 211763350018 con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº1360 de esta ciudad. Y POR OTRA PARTE: 3G TOURS S.R.L., representada en este acto por… en su calidad de…, titular de la cédula de identidad nº…, con domicilio en la calle… de esta ciudad, han convenido celebrar este contrato de mutuo disenso en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO (ANTECEDENTES): El día 6 de noviembre de 2014 las partes antes mencionadas suscribieron el contrato de arrendamiento de los locales comerciales Nº 1 y Nº 5 de la Zona D de Terminal Colón. SEGUNDO: Por el presente, ambas partes, ejerciendo libremente el derecho que les acuerda el artículo 1294 del Código Civil, de mutuo y común acuerdo resuelven en este acto extinguir a partir del día de hoy las obligaciones contraídas por las partes en el contrato referido en la cláusula anterior. TERCERO: Respecto de las prestaciones asumidas en el contrato extinguido, las partes cumplen sus obligaciones hasta el 30 de setiembre de 2015 y una vez cumplida la retención establecida en la cláusula siguiente no queda deuda u obligación pendiente a cargo de cualquiera de las partes. CUARTO: 3G TOURS S.R.L. acepta que la Intendencia de Montevideo retenga de la suma depositada en Fianza Solidaria del Banco Santander en garantía del arrendamiento relacionado en la cláusula primera, la totalidad de lo adeudado por precio del arrendamiento, gastos comunes, consumos, deterioros del local o cualquier otro concepto vinculado a dicho contrato. Efectuada la referida retención se reputará extinguida por la paga la deuda existente. QUINTO: Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. SEXTO: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. En señal de conformidad y para constancia, se firman dos ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad de firmar el Mutuo Disenso en los términos que por el numeral anterior se aprueba.
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Promoción Económica, Tránsito, a la Contaduría General y pase al Departamento de Movilidad.
ING. DANIEL MARTINEZ, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-