Resolución N° 4689/12
Nro de Expediente:
6370-005974-11
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
29/10/2012


Tema:
REASENTAMIENTOS - TASACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores estimada en la suma de U.I. 86.626,26, que se pagará de la siguiente manera: a Amelia Fernández U.I. 43.313,14, a María Fermina Maciel Fernández U.I. 21.656,56 y a Nelson Ernesto Maciel Fernández U.I. 21.656,56, para la indemnización que corresponde abonar por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 23.556, afectado por las Obras de Saneamiento Urbano de Montevideo “Sistema de Disposición Final de Saneamiento de la Zona Oeste de Montevideo y obras anexas”.

Montevideo, 29 de Octubre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la implementación de las Obras de Saneamiento Urbano de Montevideo, “Sistema de Disposición Final de Saneamiento de la Zona Oeste de Montevideo y obras anexas”;
        RESULTANDO: 1o.) que por Decreto No. 33.851, de fecha 11 de agosto de 2011, se designó para expropiar parcialmente el inmueble empadronado con el No. 23.556, según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Rafael Tornini, del mes de mayo de 2011, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el No. 44.379, el día 19 de setiembre de 2011, que consta de una superficie a expropiar de 1.124 mts.2 (plano de fs.5 - fracción O);
        2o.) que por Resolución No. 197/11/6300 del Señor Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, actuando en ejercicio de facultades delegadas, de fecha 30 de agosto de 2011, se dispuso la expropiación parcial y se declaró la urgente ocupación del inmueble referido en el Resultando que antecede, practicándose las publicaciones de estilo, según consta a fs. 3 y 4 de estas actuaciones;
        3o.) que el Cuerpo de Tasadores designado para actuar en las tasaciones de las expropiaciones necesarias para la ejecución de las obras del Plan de Saneamiento – Etapa IV, con fecha 7 de diciembre de 2011, indica que el bien inmueble a expropiar tiene un valor de $ 200.070,oo (pesos uruguayos doscientos mil setenta), equivalente a U.I. 86.626,26; (unidades indexadas ochenta y seis mil seiscientas veintiséis con 26/100);
        4o.) que con fecha 20 de agosto de 2012, los propietarios del bien se notificaron de la tasación y prestaron su conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que existiendo acuerdo de partes en cuanto a la indemnización a abonar por la expropiación aludida, puede continuarse el procedimiento tendiente a la ocupación del inmueble;
        2o.) que con fecha 20 de setiembre de 2012, se efectuó la solicitud SEFI No. 151.002, por la suma de $ 212.182,36 (pesos uruguayos doscientos doce mil ciento ochenta y dos con 36/100), aplicándose la Unidad Indexada al día indicado;
        3o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada y se autorice el pago a los propietarios, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores, estimada en la suma de U.I. 86.626,26 (unidades indexadas ochenta y seis mil seiscientas veintiséis con 26/100), que se pagará de la siguiente manera: a Amelia Fernández (C.I. No. 2.996.211-2) U.I. 43.313,14 (50% del total), a María Fermina Maciel Fernández (C.I. No. 3.359.654-7) U.I. 21.656,56 (25% del total) y a Nelson Ernesto Maciel Fernández (C.I. No. 3.176.346-3) U.I. 21.656,56 (25% del total), para la indemnización que corresponde abonar por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 23.556, afectado por las Obras de Saneamiento Urbano de Montevideo “Sistema de Disposición Final de Saneamiento de la Zona Oeste de Montevideo y obras anexas”.
        2o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Planificación, a la División Planificación Territorial; cumplido pase por su orden a la Contaduría General para el contralor del gasto y a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de que proceda a la escritura y/o acta de expropiación, simultáneamente con el libramiento de las órdenes de pago, por la suma indicada



        en el numeral 1o. de la presente Resolución, en las proporciones indicadas.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-