Resolución N° 2956/14
Nro de Expediente:
4112-011246-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/7/2014


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se autoriza con carácter temporal, precario y revocable, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a empresa transportista (encomiendas al Interior) ubicado en el predio Padrón Nº 97.688, sito con frente a la calle José Llupes Nº 5819.-

Montevideo, 14 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: que Tiburón S.R.L. solicita regularizar el establecimiento destinado a empresa transportista (encomiendas al Interior) ubicado en el predio empadronado con el Nº 97.688, sito con frente a la calle José Llupes Nº 5819;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 1.039 m2 y 1.500 m2 a cielo abierto, sobre una superficie de terreno de 3.264 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que existe Estudio de Impacto de Tránsito aprobado para el padrón y destino de referencia;
        3º) que la División Tránsito y Transporte, con la conformidad del Departamento de Movilidad, aconsejan su autorización con carácter precario y revocable por un plazo máximo de 2 años a los efectos de analizar nuevamente la situación;
        4º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14, con la conformidad del Municipio A, entiende viable su implantación en la medida que se ajuste a la normativa vigente desde el punto de vista urbano, de higiene ambiental y en lo referente al transporte de carga;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia su autorización condicionada de acuerdo con lo informado a fs. 62 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que, en atención a los informes favorables, puede accederse a lo solicitado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar con carácter temporal, precario y revocable, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a empresa transportista (encomiendas al Interior) ubicado en el predio empadronado con el Nº 97.688, sito con frente a la calle José Llupes Nº 5819, propiedad de Tiburón S.R.L., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio deberán eliminarse o limitarse al propio local; b) todas las operaciones de carga y descarga de mercadería deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal, debiendo respetarse en todos sus términos lo establecido por Resolución Nº 1260/08 del 31/III/08 y las limitaciones previstas al transporte de carga dispuestas por Resolución Nº 2488/09 del 22/VI/09 y su modificativa Nº 1160/12 del 19/III/12;
        c) el estacionamiento vehicular deberá ajustarse a lo dispuesto por Decreto Nº 29.118 y sus modificativos, conforme al área declarada con destino a administración;
        d) los residuos sólidos deberán gestionarse de acuerdo con la normativa vigente contenida en los Arts. D.1896 a D.1928 del Volumen VI del Digesto y la reglamentación dada por Resolución Nº 5383/12 del 3/XII/12;
        e) se obtengan los certificados de la Dirección Nacional de Bomberos y de los Servicios de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental;
        f) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas;
        g) no se depositen productos que a juicio de la Dirección Nacional de Bomberos y de los Servicios de Salubridad Pública puedan producir riesgos o perjuicios al medio ambiente;
        h) deberá ajustarse a lo dispuesto por el Art. D.226, Volumen IV "Plan Ordenamiento Territorial, Urbanismo" del Digesto, en cuanto a los usos del suelo se refiere;
        i) la interesada dentro de un plazo de 3 (tres) meses deberá presentar la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite;
        j) no se estacione delante del establecimiento ni en sus cercanías, con el objetivo de efectuar reparaciones a los vehículos (Art. D.648, literal k del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto);
        k) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local no implicando autorización para la ocupación de zonas afectadas por ensanche y retiros;
        l) el período de vigencia de la habilitación no superará el plazo de 2 (dos) años;
        m) la actividad de carga y descarga de mercadería, tipología de los vehículos utilizados, horarios y recorridos deberán ajustarse a lo aprobado en el Estudio de Impacto de Tránsito y
        n) se dará cumplimiento a la normativa ambiental vigente sobre efluentes líquidos a nivel nacional (Decreto Nº 253/79 y modificativos) y departamental (Decreto Nº 13.982 y Res. Nos. 761/96, 117/97 y 162/97).-
        2º.- Comuníquese al Municipio A, a las Divisiones Tránsito y Transporte y Limpieza, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 14, de Ingeniería de Tránsito, de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental y pase al Servicio de Contralor de la Edificación para su notificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-