Resolución N° 1490/06
Nro de Expediente:
6410-003351-05
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
8/5/2006


Tema:
TRAMITE EN CONSULTA

Resumen:
Aprobar desde el punto de vista urbanístico, en carácter precario y revocable, la ampliación en el nivel 7mo. del edificio de la Cooperativa Magisterial, Padrón Nº 898, en el sector frentista a la calle Colonia Nº 1730 entre Magallanes y Gaboto.

Montevideo, 8 de Mayo de 2006.-
 
          VISTO: el presente trámite en consulta, presentado por la Arq. Laura Gerona, en carácter de técnico responsable del predio empadronado con el Nº 898, ubicado con frente a la calle Colonia 1730 entre Magallanes y Gaboto, dentro de la zona del CCZ Nº 2;
          RESULTANDO: 1º) que se solicita tolerancia para ampliar el 7mo. nivel, que cuenta con Permiso de Construcción aprobado, haciendo a nuevo la cubierta liviana superior que cubre lo autorizado y lo proyectado. Esta ampliación excede la altura máxima permitida;
          2º) que el Servicio de Regulación Territorial informa que:
          a) la altura vigente por la calle Colonia tiene un máximo de 27,oo mts. y un gálibo de 3,oo/3,50 mts.;
          b) en el Permiso de Construcción aprobado se autorizó una altura de 31,25 mts. para un volumen ubicado junto a la medianera noroeste;
          c) las obras propuestas superan en l,65 mts. la altura reglamentaria y como contrapartida se retiran 5,oo mts. de la línea de fachada, distancia mayor de la mínima admitida de 3,oo mts.;
          d) esta variación de altura no tiene incidencia de importancia en el entorno urbano, razón por la cual podría autorizarse como una tolerancia calificada mínima;
          3º) que la Dirección Adjunta del Servicio de Regulación Territorial manifiesta que por tratarse de una Institución sin fines de lucro (Cooperativa Magisterial) podría autorizarse sin aplicar el Impuesto a las Edificaciones Inapropiadas ya que se había consentido con anterioridad, una ampliación del local que superaba la altura, ampliando dicha área y sin que la misma afecte el entorno urbano;
          4º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo acuerda informar favorablemente respecto de la propuesta presentada, eximiendo a los interesados del pago por concepto de Impuesto a la Edificación Inapropiada;
          CONSIDERANDO: que la Directora de la División Planificación Territorial y el Director General del Departamento de Planificación, estiman conveniente el dictado de resolución al respecto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1º. Aprobar desde el punto de vista urbanístico, en carácter precario y revocable, la ampliación en el nivel 7mo. del edificio de la Cooperativa Magisterial, Padrón Nº 898, en el sector frentista a la calle Colonia Nº 1730 entre Magallanes y Gaboto.
          2º. Establecer, que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio de Contralor de la Edificación.
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Acondicionamiento Urbano, de Descentralización, a la División Planificación Territorial, al Servicio de Contralor de la Edificación y pase al Servicio de Regulación Territorial.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-