Resolución N° 4261/19
Nro de Expediente:
2019-1402-98-000011 2019-98-02-001665
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
2/9/2019


Tema:
PROMULGACION DE DECRETO

Resumen:
Se promulga Decreto No. 37.181 y se aplica una multa de UR 350 a la empresa Curtifrance SA, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto No. 13.982 Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales.-

Montevideo, 2 de Setiembre de 2019.-
 
        VISTO: el Decreto No. 37.181 sancionado por la Junta Departamental el 22 de agosto de 2019, por el cual de conformidad con la Resolución No. 3403/19 de 15 de julio de 2019 se faculta a este Ejecutivo a aplicar una multa de UR 350, a la empresa CURTIFRANCE SA, RUT 210 078 340 012, sita en José Llupes 5077, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal 14, correspondiente al Municipio A, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de la Junta Departamental No. 13.982, de fecha 14 de junio de 1967 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales), en sus Arts. 4o. y 11o. (Penalidades por incumplimientos) y con el Art. 7o. numeral 21, literal b, del Decreto No. 21.626, con la actualización dispuesta por la Resolución No. 2287/13 de 3 de junio de 2013, en la redacción dada por el Decreto de la Junta Departamental No. 36.694 de 10 de mayo de 2018;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Promúlgase el Decreto No. 37.181 sancionado el 22 de agosto de 2019.-
        2.- Aplicar una multa de UR 350 (unidades reajustables trescientas cincuenta) a la empresa CURTIFRANCE SA, RUT 210 078 340 012, sita en José Llupes. 5077, dentro de los límites del Servicio CCZ 14, correspondiente al Municipio A, por incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de la Junta Departamental No. 13.982 de 14 de junio de 1967 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales), en sus Arts. 4o. y 11o. (Penalidades por incumplimientos) y con el Art. 7o., numeral 21, literal b, del Decreto No. 21.626, con la actualización dispuesta por la Resolución No. 2287/13 de 3 de junio de 2013, en la redacción dada por el Decreto de la Junta Departamental No. 36.694 de 10 de mayo de 2018.-
        3.- Comuníquese a la Junta Departamental, al Municipio A, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Asesoría Jurídica, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 14, Gestión de Contribuyentes, a los Equipos Técnicos de Actualización Normativa, de Información Jurídica, a la Biblioteca Jurídica y pase por su orden al Sector Despacho para su incorporación al Registro y al Departamento de Desarrollo Ambiental para proseguir con los trámites pertinentes.-
CHRISTIAN DI CANDIA, Intendente de Montevideo.-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-