Resolución N° 2224/00
Nro de Expediente:
4201-009962-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
26/6/2000


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la IMM y la Revista Posdata, para la divulgación de los conciertos de la Banda Sinfónica Municipal.-

Montevideo, 26 de Junio de 2000.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Revista Posdata;
      RESULTANDO: 1o.) que las partes contratantes convienen en aunar esfuerzos públicos y privados para el logro de un objetivo común que beneficie a la comunidad, tratándose en este caso de un importante aporte privado para la publicidad de los conciertos de la Banda Sinfónica Municipal;
      2o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado a fs. 3 de estas actuaciones;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Revista Posdata, en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de de dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Revista Posdata, en adelante denominada "la revista", representada por el Sr. Felipe Flores Silva, C.I. Nº ----, en su calidad de Director Comercial de dicha publicación, con domicilio en la calle Cuareim Nº 1811, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398 se han venido celebrando por parte de la IMM diversos convenios de patrocinio con diferentes organizaciones de la sociedad civil, combinando esfuerzos público - privados para el logro de diversos objetivos comunes que beneficien a la comunidad. Dentro de ese marco normativo, el Departamento de Cultura, a través de la banda Sinfónica Municipal, ha arribado a un nuevo acuerdo, esta vez con la empresa compareciente, que constituirá un importante aporte desde el ámbito privado que se viene a sumar a los que ya están realizando otras empresas de nuestro medio a favor de las diversas manifestaciones culturales promovidas desde la Comuna. CLAUSULA PRIMERA: La revista se compromete a publicitar los conciertos a realizarse por parte de la Banda Sinfónica Municipal, de la siguiente manera: un aviso de 20 x 6,5 cms (1/4 horizontal) en cada edición de dicha revista, que anuncie y promueva cada uno de los conciertos programados. A estos efectos, las fechas de los conciertos programados son: viernes 2 de junio, miércoles 28 de junio, domingo 2 de julio, domingo 20 de agosto, miércoles 6 de setiembre, viernes 8 de setiembre, domingo 20 de setiembre, miércoles 27 de setiembre, viernes 29 de setiembre, domingo 1º de octubre, miércoles 11 de octubre, viernes 13 de octubre, domingo 15 de octubre, miércoles 25 de octubre, viernes 27 de octubre y domingo 29 de octubre de 2000. CLAUSULA SEGUNDA: La IMM, por su parte se compromete a colocar publicidad estática de la revista, exhibiendo el logo que la identifique en los lugares a ofrecerse los conciertos publicitados, mediante carteles o estandartes acordes con el espectáculo y el entorno, bajo la supervisión de personal municipal de la Banda e incluir dicho logo en los programas de mano de cada concierto. CLAUSULA TERCERA: La revista podrá hacer pública la colaboración acordada, con expresa referencia al espíritu de cooperación que anima este convenio. CLAUSULA CUARTA: La IMM no otorgará concesión ni remuneración de especie alguna por los aportes de patrocinio establecidos. CLAUSULA QUINTA: Las partes declaran su propósito de que en la ejecución de este convenio se actúa con espíritu de leal colaboración en interés mutuo, de modo que prevalezca un criterio de ágil adecuación a las circunstancias imperantes, procurándose mantener condiciones que permitan un resultado acorde a la importancia de este acuerdo. CLAUSULA SEXTA: La Banda Sinfónica Municipal controlará el cumplimiento del convenio que se suscribe, estableciéndose que de constatarse incumplimiento, la IMM podrá rescindirlo unilateralmente, retirando inmediatamente la publicidad acordada.
      CLAUSULA SEPTIMA: El presente convenio entra en vigencia a partir de su firma y se extenderá por la presente temporada 2000.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, a la División Promoción y Acción Cultural, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a la Unidad de Convenios, y pase al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-