Resolución N° 2664/16
Nro de Expediente:
6302-001299-16
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
13/6/2016


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "COMPROMISO EMPRESARIAL PARA EL RECICLAJE - URUGUAY" (CEMPRE URUGUAY).

Montevideo, 13 de Junio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la aprobación del Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "COMPROMISO EMPRESARIAL PARA EL RECICLAJE - URUGUAY" (CEMPRE URUGUAY);
        RESULTANDO: que el citado Convenio tiene como objetivo establecer de manera conjunta y coordinada entre esta Intendencia y la referida Institución, mecanismos de comprensión y sensibilización sobre la Educación y Gestión Ambiental que se desarrolla en el Departamento de Montevideo;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, realizó la solicitud SEFI No. 192249, por la suma de $ 150.000,oo (pesos uruguayos ciento cincuenta mil) monto que se considera suficiente para hacer frente al inicio del Convenio;
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Convenio;
        EL INTENDENTE DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "COMPROMISO EMPRESARIAL PARA EL RECICLAJE - URUGUAY" (CEMPRE URUGUAY). CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día ......... de .................. de dos mil dieciséis comparecen, POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo (en adelante IdeM), RUT No. 211763350018, con domicilio en la Av. 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por ................................ en calidad de ............................... y POR OTRA PARTE: la Asociación Civil sin fines de lucro "COMPROMISO EMPRESARIAL PARA EL RECICLAJE - URUGUAY" (CEMPRE URUGUAY), en adelante la Institución, RUT No. .........................., con domicilio en ..........................., representada por .................., en calidad de ..........................., siendo los nombrados orientales, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO - ANTECEDENTES: 1) La IdeM ha mantenido como política el involucramiento de los ciudadanos de Montevideo, a través de la elaboración de publicaciones referidas a la gestión integral de residuos sólidos urbanos. 2) La Institución es una organización no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de su objetivo tiene como uno de sus cometidos el desarrollo de proyectos socio – educativos. 3) La Institución ya ha trabajado anteriormente en la elaboración de publicaciones y manuales, tales como el Manual de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y los Cuadernos de Reciclaje de Plásticos, Papeles y Cuadernos de Gestión Ambiental en el marco del proyecto Circuitos Limpios con responsabilidad social para trabajos con clasificadores. 4) Creación en conjunto con la IdeM a través del Equipo Técnico de Educación Ambiental (ETEA) de: a) Un Manual y video de Educación Ambiental de apoyo a docentes y alumnos, que permita aproximar al niño y al joven, así como a las organizaciones a las cuales pertenecen al conocimiento del ambiente del cual forman parte y a la adquisición de pautas de comportamiento para mejorar el ámbito en el que viven y priorizar el espacio público. b) La "Guía de Gestión de Residuos NO Domiciliarios" destinada a la gestión de los residuos por parte de comerciantes. SEGUNDO - OBJETO: Establecer de manera conjunta y coordinada entre la IdeM y la Institución mecanismos de comprensión y sensibilización sobre la Educación y Gestión Ambiental que se desarrolla en el Departamento de Montevideo mediante herramientas digitales y gráficas que permitan conocer la existencia de conflictos ambientales, como también estudios comparados de costo y efectividad de soluciones para la clasificación de residuos con modelos inclusivos. Todos en el marco de la descentralización y participación ciudadana. TERCERO – OBLIGACIONES DE LA INSTITUCIÓN: Por la presente se obliga a: 1) Elaborar un Portal de Recursos de Educación Ambiental, para disponer de manera ordenada y utilizable, todos los recursos de educación ambiental generados por el ETEA y otras organizaciones afines. Los trabajos constarán de: a. Relevamiento y sistematización de recursos existentes del ETEA y otros sectores de la IdeM (Audiovisuales, publicaciones, otros). b. Relevamiento de otros recursos de Educación Ambiental existentes en Uruguay, desarrollados por otras organizaciones, (CEIBAL, RENEA, REDES, REPAPEL, LOGROS, entre otros). c. Diseño de la arquitectura del portal. d. Diseño gráfico del portal. e. Desarrollo del portal (incluye el diseño de un canal del ETEA para youtube). f. Capacitación del personal del ETEA para actualizar los módulos de información y de recursos disponibles en el portal, (no incluye la digitalización de los recursos existentes que se encuentren en formato papel). 2) Proveer información para el diseño y mejora de alternativas de reciclaje y valorización de residuos en el departamento de Montevideo en base al concepto de sustentabilidad con modelos inclusivos. Los trabajos constarán de: a. Relevamiento de información, a nivel departamental, nacional e internacional referida a: i. Tasas de recuperación de residuos en diversos contextos, locales y regionales. ii. Residuos con potencial de reciclado según la tecnología disponible en el medio local, nacional e internacional. iii. Costos asociados a la recuperación de residuos en las etapas de clasificación en origen, recolección y transporte, clasificación secundaria, valorización, para las diferentes tecnologías empleadas. b. Sistematización de la información. c. Estudio comparativo con el modelo vigente en Montevideo y otros modelos vigentes en Uruguay. d. Informe final acompañado de presentación digital. 3) Manual de manejo de residuos sólidos para hogares. Elaborar una Guía orientada a domicilios de Montevideo que dé cuenta de las opciones de manejo de residuos que existen a nivel doméstico y de la gestión de los mismos. Su impacto para con el medio y vida en función de las distintas opciones de descarte. Entendiéndose su valorización, relleno sanitario, vertedero no controlado, curso de agua, entre otros. La Guía deberá contar entre 12 a 18 páginas, con 9 ilustraciones complejas de ambientes en el hogar en base a los cuales se desarrollan los ejemplos y explicaciones relativas al tema de generación y manejo de residuos, acompañado con 12 fotografías. Los trabajos constarán de: a. Elaboración de la Guía con búsqueda y selección de contenidos de manera coordinadas con los funcionarios del ETEA. b. Realizar la edición y diseño gráfico del mismo. c. Entrega de la Guía en formato digital, versión pdf y otro en formato digital pronto para imprenta. CUARTO - OBLIGACIONES DE LA IdeM: La IdeM se obliga a: 1) pagar a la Institución, como contraprestación por el cumplimiento de sus obligaciones detalladas en la Cláusula Tercera, la suma total de $ 298.000,oo (pesos uruguayos doscientos noventa y ocho mil), que será abonada en la siguiente forma: a) $ 60.000,oo (pesos uruguayos sesenta mil), una vez aprobado el plan de trabajo presentado por la Institución al ETEA; b) $ 60.000,oo (pesos uruguayos sesenta mil), una vez aprobados los textos y diseños del material gráfico para la Guía de Residuos Domiciliarios; c) $ 55.000,oo (pesos uruguayos cincuenta y cinco mil), una vez concluida la Guía de Residuos Domiciliarios; d) $ 40.000,oo (pesos uruguayos cuarenta mil), una vez concluido el Estudio de costo - efectividad de soluciones para la clasificación de los Residuos Sólidos Urbanos con modelos inclusivos, en todas las etapas de la cadena de valor de los mismos, en relación al modelo en vigencia en Uruguay; e) $ 50.000,oo (pesos uruguayos cincuenta mil), una vez concluido el Portal de Educación Ambiental; f) el saldo de la suma de $ 33.000,oo (pesos uruguayos treinta y tres mil) al finalizar la tarea programada. 2) coordinar entre el personal destino de la Institución y el ETEA, a efectos de acordar desde el inicio el alcance de los trabajos y arribar a los resultados esperados. 3) la Institución tendrá derecho a colocar su logo en las diferentes publicaciones. QUINTO – PLAZO: Se extenderá por dos años a partir de la firma del mismo. SEXTO – EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO: Se realizará a través del ETEA en las entregas de los distintos materiales que conforman el cuerpo del convenio. SÉPTIMO - COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. OCTAVO – RESCISIÓN: El presente contrato se podrá rescindir por el incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones asumidas por las partes. Se considerará configurado el incumplimiento que amerite la recisión, cuando la parte infractora fuera notificada por escrito de la constatación del mismo y dentro del plazo de 10 (diez) días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la otra parte, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo de la IdeM, que la Institución declara conocer y aceptar. NOVENO – DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparescencia. DÉCIMO – MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. DECIMOPRIMERO – INDIVISIBILIDAD: Las partes convienen es establecer la indivisibilidad del objeto de las obligaciones asumidas hasta la extinción de las mismas. DECIMOSEGUNDO – REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según ....................., expedido/a el ................................ exhibido ante ........................ Y en prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en la Dirección General del Departamento de Desarrollo Ambiental la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.
        3o.-Disponer que una vez iniciado el ejercicio 2017, vuelvan las actuaciones a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, para la imputación complementaria del gasto.
        4o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, al Equipo Técnico de Educación Ambiental, a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental; cumplido y previa intervención de la Contaduría General para la intervención y contralor del gasto, pase al Departamento de Desarrollo
        Ambiental para la formalización del Convenio.
OSCAR CURUTCHET, Intendente de Montevideo (I).-
FERNANDO NOPITSCH, Secretario General.-